Ambos clubes tienen de plazo hasta mañana a las 14 horas para presentar sus alegaciones ante el acta del colegiado Mateo Busquets Ferrer que apuntó que "en el minuto 64 desde el fondo sur bajo, se lanzaron varios objetos sobre la zona donde se encontraba el portero visitante (Thibaut Courtois), sin que ninguno de ellos llegara a impactarle. Entre estos se pudieron identificar tres mecheros y una botella de agua. Ante este hecho, se activa el protocolo de lanzamiento de objetos requiriendo al delegado de campo para que se proceda a comunicar por los altavoces del estadio el mensaje a fin de que cesen dichos lanzamientos".
"Finalmente, en el minuto 67 y ante la continua repetición de lanzamiento de objetos desde la misma zona, se procede a suspender temporalmente el partido, ordenando la retirada de equipos a vestuarios. El partido se reanuda sin nuevos incidentes", agregó el colegiado.
¿Qué sanciones recoge el Código Disciplinario de la RFEF?
Fuentes de la Federación consultadas por Onda Cero apuntan que la resolución se hará pública el miércoles por la mañana y que los recursos tendrán que llegar antes del viernes que será cuando se reúna el Comité de Apelación antes de que se ponga en marcha la 9ª jornada liguera.
El artículo 15 del Código Disciplinario de la RFEF deja clara la responsabilidad de los clubes ante cualquier incidente:
"Cuando con ocasión de un partido se altere el orden, se menoscabe o ponga en peligro la integridad física de los árbitros/as, jugadores/as, técnicos/as o personas en general, se causen daños materiales o lesiones, se produzca invasión del terreno de juego, se exhiban símbolos o se profieran cánticos o insultos violentos, racistas, xenófobos o intolerantes, o se perturbe notoriamente el normal desarrollo del encuentro, incurrirá en responsabilidad el club organizador del mismo, salvo que acredite el cumplimiento diligente de sus obligaciones y la adopción de las medidas de prevención exigidas por la legislación deportiva para evitar tales hechos o mitigar su gravedad".
"Para determinar la gravedad de los hechos se tendrán en cuenta las circunstancias concurrentes, tales como la producción o no de lesiones; la apreciación de riesgo notorio de haberse podido originar, salvo si para su evitación hubiese mediado la diligencia del organizador/a; la influencia de los incidentes en el normal desarrollo del juego; la existencia o ausencia de antecedentes; el mayor o menor número de personas intervinientes; y, en general, todas las demás que el órgano disciplinario racionalmente pondere, cualificándose, además, de manera específica, como factores determinantes de la gravedad", abunda el código disciplinario.
Por otro lado, el artículo 107 del citado código disciplinario apunta que "alteración del orden del encuentro de carácter grave", recoge: "Cuando con ocasión de un partido se originen hechos como los que define el artículo 15 del presente ordenamiento, y se califiquen por el/la juzgado/a como graves según las reglas que prevé el invocado precepto en su apartado 2, y se trate de la primera vez en la temporada, el club responsable será sancionado con multa en cuantía de hasta 6.000 euros y clausura parcial de las instalaciones deportivas por un partido, apercibiéndole con la clausura total de sus instalaciones deportivas en caso de reincidencia".
Cuando se habla de precedentes solo se refieren a la misma temporada, por lo que en este caso, no se puede tener en cuenta el incidente racista ocurrido en la temporada 23-24 con Nico Williams en el partido Atlético de Madrid-Athletic de Bilbao.
"La sanción de clausura parcial del recinto deportivo, se cumplirá celebrando el partido o partidos a que afecte la sanción, cerrando al público la zona (sector, etc.) del recinto deportivo que el órgano disciplinario determine. En este sentido, el club sancionado con el cierre parcial de una zona debidamente acotada y determinada no podrá, en ningún caso, reubicar a los espectadores que ocupen dichas zonas con carácter habitual", expone el citado código en su artículo 57.
El papel de La Liga
Por otro lado, fuentes de La Liga consultadas por Onda Cero aseguran que continuarán impulsando la denuncia contra los promotores de las fallidas campaña de odio que se lanzaron desde varias cuentas de redes sociales en la previa del encuentro.
Además, aseguran desde la patronal del fútbol español que es falso que el Atlético de Madrid prohibiera a la Policía Nacional intervenir ante los incidentes ocurridos en la grada del Estadio Metropolitano como ha denunciado el sindicado policial JUPOL.
Desde La Liga apuntan que "tanto su director de seguridad como los directores de partido allí presentes puderon comprobar que el dispositivo de seguridad desplegado era ejemplar y que existió colaboración plena del Atlético de Madrid con los agentes".
Antiviolencia propondrá multas y prohibición de acceso
También ha condenado lo ocurrido en el Estadio Metropolitano, la Comisión Permanente de la Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte, conocida como Antiviolencia. Según fuentes del Consejo Superior de Deportes (CSD), que ha elogiado la actuación del colegiado Busquets Ferrer.
La Comisión, que se ha reunido en la mañana de este lunes, tiene previsto comunicar las propuestas de sanción para los implicados en los incidentes del derbi madrileño cuando concluya la tarea de identificación.
Según ha podido conocer Onda Cero, esas propuestas de sanción, que posteriormente tendrán que ser ratificadas por la Delegación de Gobierno de la Comunidad de Madrid, apuntan a importantes multas económicas y prohibición de acceso a recintos deportivos.
La Ministra de Deporte Pilar Alegría también ha advertido que esas sanciones llegaran en su cuenta de la red social X.