El Consejo Superior de Deportes (CSD) ha informado de que insta al Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) a suspender provisionalmente a Luis Rubiales, "después de que este órgano, independiente del CSD en sus actuaciones, haya iniciado este viernes el procedimiento sancionador contra el mandatorio por la presunta comisión de dos infracciones graves".
El Consejo Superior de Deportes, que el pasado viernes elevó su petición razonada al Tribunal Administrativo del Deporte junto con las denuncias recibidas, insta ahora al TAD a suspender provisionalmente a Luis Rubiales.
Adicionalmente, el Consejo Superior de Deportes señala que "estudia la posibilidad de recurrir en vía contencioso-administrativa la decisión que el Tribunal Administrativo del Deporte le ha comunicado este viernes".
"Continúa, así, el procedimiento iniciado por el Gobierno de España en respuesta al inaceptable comportamiento de Luis Rubiales durante la final del Campeonato del Mundo femenino de fútbol", agrega.
El Consejo Superior de Deportes elevó el pasado viernes al Tribunal Administrativo del Deporte una petición razonada por una posible vulneración de los artículos 76.1a de la Ley del Deporte (referente a los abusos de autoridad) y 14.h del Real Decreto 1591/1992 (referido a los actos notorios y públicos que atenten a la dignidad o decoro deportivos) por parte de Luis Rubiales. Ambas infracciones están calificadas como muy graves.
Además, el Consejo Superior de Deportes recuerda que elevó el pasado viernes al Tribunal Administrativo del Deporte las denuncias de Ágora, la Asociación de Futbolistas Españoles, la Asociación de Mujeres para el Deporte Profesional, la Federación de Asociaciones de Mujeres Arena y Laurisilva, Juntos por España, la Liga Profesional de Fútbol Femenino, Miguel Ángel Galán y Sumar. Otros ocho escritos de particulares fueron recibidos también por el Consejo Superior de Deportes.
El Tribunal Administrativo del Deporte, un órgano independiente del CSD en sus actuaciones y que es el encargado de decidir por la vía administrativa y en última instancia las cuestiones disciplinarias deportivas, ha iniciado este viernes el expediente sancionador por la presunta comisión de dos infracciones graves, continúa el Consejo en una nota de prensa.
El artículo 62.2.c de la Ley del Deporte subraya que, entre las facultades de actuación del Consejo Superior de Deportes, se encuentra “suspender motivadamente, de forma cautelar, a la presidencia o a los demás miembros de los órganos directivos, cuando se incoe contra estas personas expediente sancionador como consecuencia de presuntas infracciones calificadas como muy graves”, señala el Consejo.
"Al no haberse dado este supuesto y haber iniciado el Tribunal Administrativo del Deporte este procedimiento sancionador por la presunta comisión de dos infracciones graves, el Consejo Superior de Deportes insta al propio TAD a suspender provisionalmente a Luis Rubiales. La ley de procedimiento administrativo y el reglamento de disciplina deportiva permiten al Tribunal Administrativo del Deporte adoptar esta medida", señala el CSD.