CONDENADO A SIETE AÑOS DE CÁRCEL

José María del Nido saldrá de prisión con un permiso de seis días

El expresidente del Sevilla, José María del Nido, tendrá su primer permiso para salir de la cárcel, tras ser condenado durante siete años de prisión por el 'caso Minutas', durante un período de seis días. Del Nido ya lleva cumplida un tercio de su condena.

ondacero.es

Madrid | 18.12.2016 12:24

Jose María del Nido en un acto
Jose María del Nido en un acto | Reuters

El abogado y expresidente del Sevilla José María del Nido, que cumple condena en la prisión de Huelva tras ser condenado a siete años de prisión por el 'caso Minutas', saldrá de prisión para disfrutar de su primer permiso, por un período de seis días. Está previsto que Del Nido, que ya ha cumplido un tercio de su condena, salga el 20 de diciembre, y regrese al penal onubense el día 26, una vez pasado el día de Navidad. Fue el pasado octubre cuando la Audiencia Provincial de Huelva, en un auto, le concedía el permiso, si bien un expediente disciplinario que tiene abierto el letrado ha retrasado que se pusiera fecha a esa salida.

La Sección Tercera estimó el recurso de apelación presentado por Del Nido contra el auto del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria que a su vez desestimaba el interpuesto contra el acuerdo de la Junta de Tratamiento de febrero de 2016 que le denegaba dicho permiso. Precisaba el magistrado de la Audiencia que los argumentos para denegar el permiso solicitado no se referían ninguno a los requisitos objetivos recogidos por el interno, como estar clasificado en segundo grado, observar buena conducta y tener cumplida una cuarta parte de la condena, ni a los subjetivos que la misma legislación también establece.

En este sentido, consideró la Audiencia que no podía denegársele el permiso por la naturaleza del delito por el que fue condenado ya que "no se puede utilizar para impedirle acceder a un beneficio penitenciario previsto en la Ley, el mismo argumento que ya fue tenido en cuenta para sancionarle con la pena de prisión que cumple".

También rechazaba, entre otros, el argumento de que al interno le constaran responsabilidades pendientes por hechos de similar naturaleza y remarcaba como "de vital importancia" la "reparación del daño causado por el delito" algo que repercute de una forma fundamental para obtener los beneficios penitenciarios siendo "incuestionable que el interno y tres personas más de manera solidaria con el recurrente están abonando en un calendario fijado por el Tribunal Sentenciador" lo estipulado en la sentencia al Ayuntamiento de Marbella.