Elecciones europeas

El dinero que pagan por ser mesa electoral en las elecciones europeas 2024

Consulta las condiciones, las funciones y el salario de cada miembro de la mesa electoral en las próximas elecciones europeas.

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Alicia Bernal

Madrid | 17.05.2024 16:39

Recuento de votos en una mesa electoral
Recuento de votos en una mesa electoral | Europa Press

Los ayuntamientos de toda España ya han realizado los sorteos pertinentes para la elección de los integrantes de las mesas electorales de las próximas elecciones europeas. En cada mesa electoral se han seleccionado a nueve personas: un presidente, dos vocales y dos suplentes para cada uno de estos cargos. Concretamente, el 15 de mayo fue la fecha tope para la realización de estos sorteos. Los seleccionados recibirán una notificación en los tres días siguientes a la celebración del sorteo, tanto por medios electrónicos como por correo postal, con confirmación de recepción. Por lo tanto, para las elecciones al Parlamento Europeo, las notificaciones serán enviadas a los miembros de las mesas electorales entre el 13 y el 18 de mayo.

Recuerda que es muy importante acudir el día de las elecciones para conformar la mesa electoral, puesto que de no hacerlo podrían incurrir en un delito que puede ser castigado por una multa de 6 a 24 meses o por la pena de prisión de tres meses a un año.

En cuanto a la cuantía económica que se paga por formar parte de la mesa electoral en estas elecciones, según establece el Boletín Oficial del Estado (BOE), tanto si eres presidente como vocal, percibirás una dieta de 70 euros. Son 5€ más que en las anteriores elecciones europeas de 2019, ya que se pagaba un total de 65 euros. Además, estarán protegidos por el Sistema de Seguridad Social para cualquier eventualidad que pueda surgir en relación con su desempeño durante las elecciones.

Requisitos para ser parte de la mesa electoral

Algunos requisitos para que tu nombre esté entre los posibles candidatos son:

  • Tener entre 18 y 70 años (aunque a partir de los 65 años podrá manifestar su renuncia en un plazo de siete días)
  • Saber leer y escribir
  • Disponer del título de Bachiller o el de Formación Profesional de segundo grado, o secundariamente el Graduado Escolar o equivalente, para poder ser candidato a presidente de mesa.

Funciones del presidente de la mesa y los vocales

El Manual de instrucciones elaborado por la Consejería de Presidencia y supervisado por la Junta Electoral Central indica que todos los miembros de las mesas (incluidos los suplentes) deberán acudir a los colegios electorales a las 08:00 horas de la mañana, es decir, una hora antes de que dé comienzo la jornada electoral. Una vez que se haya comprobado que esté todo el material necesario para votar, el presidente, que es la máxima autoridad, debe rellenar el acta de constitución de la Mesa, que también será firmada por los otros vocales e interventores.

El comienzo de los comicios se anuncia cuando el presidente pronuncia las siguientes palabras: “Empieza la votación”.

A lo largo de la jornada, los vocales deberán repartirse las tareas, uno de ellos deberá encargarse de comprobar la identidad de los votantes y el otro deberá ir marcando en la lista los electores que ya han acudido al colegio a votar. El presidente de la mesa es el que le permite al ciudadano introducir su sobre en la urna pronunciando la palabra “vota”.

Una vez que el presidente anuncie el fin de la jornada electoral, se introducirán en la urna los sobres con las papeletas de voto enviadas por correo, así como los votos de los miembros de la mesa, que hasta ese momento no pueden ejercer su derecho al sufragio.

A continuación, el presidente tiene que extraer las papeletas de la urna, leer su contenido en voz alta y enseñárselas a los apoderados, interventores y vocales. Tras el recuento, deben firmar el resultado de la votación y elaborar el acta del escrutinio y el acta de sesión para finalmente, presentar toda la documentación en el Juzgado de Primera Instancia correspondiente.