ELECCIONES GENERALES

Cómo saber dónde tengo que votar por correo y cuál es mi oficina

El día de las elecciones se acerca y, con él, también se avecina el cierre del plazo para ejercer el derecho al voto por correo. Esta modalidad de votación está registrando cifras récord de solicitudes, aunque muchos de los solicitantes se preguntan acerca de la oficina en la que tiene que solicitar y después entregar el voto.

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ondacero.es

Madrid | 13.07.2023 11:48

Oficina de Correos.
Oficina de Correos. | EFE/ Paqui Sánchez

El plazo para solicitar el voto por correo arrancó con la convocatoria de elecciones el pasado 29 de mayo, y termina hoy, día 13 de junio: si quieres solicitar el voto en una oficina de Correos, 274 oficinas permanecerán hoy abiertas, de manera excepcional, hasta las 22:00 horas. También puedes solicitar el voto por correo a través de www.correos.es, siendo necesaria la identificación mediante DNI electrónico o certificado digital.

¿En qué oficina puedo solicitar el voto por correo?

Tal y como indica la normativa electoral, puedes realizar la solicitud del voto por correo en cualquier oficina de Correos de España, dentro de su horario comercial. Independientemente de dónde residas o de dónde vayas a estar el día de las elecciones, puedes solicitar que te envíen la documentación para el voto por correo en cualquier oficina de Correos de España. En el momento de la solicitud, deberás identificarte mediante la presentación de DNI, pasaporte o carnet de conducir.

Es en el momento de la solicitud cuando tienes que indicar el domicilio en el que quieres recibir la documentación. Este domicilio no tiene por qué ser el habitual, por lo que puedes indicar que quieres recibir la documentación para votar en la dirección de la localidad donde te encuentres de vacaciones o en un apartado de correos concreto.

Los trabajadores de Correos están entregando la documentación a los solicitantes de manera presencial en las direcciones indicadas en la solicitud. En caso de no encontrarse el solicitante en el lugar indicado, el cartero regresará en otra ocasión para hacer entrega de la documentación al ciudadano. En caso de no localizar al solicitante, el cartero dejará un aviso para que el ciudadano recoja la documentación en la oficina de Correos correspondiente.

El servicio de Correos lleva realizando estos repartos desde el pasado 3 de julio, y seguirá repartiendo la documentación hasta el próximo día 16 de julio.

¿En qué oficina tengo que entregar el voto?

Una vez que he recibido la documentación para votar, ¿dónde tengo que entregarla? ¿tengo que acudir a la oficina dónde solicité el voto? La respuesta es no, pues puedes entregar la papeleta y el resto de la documentación necesaria en cualquier oficina de Correos hasta el día 20 de julio. Tendrás que acudir a la oficina que escojas dentro de su horario comercial, y deberás identificarte con tu DNI, pasaporte o carnet de conducir en el momento de entregar el voto. En caso de que delegues la entrega del voto en otra persona, esta deberá llevar una autorización del votante, así como una fotocopia de su DNI o análogo.

Desde Correos recomiendan a los ciudadanos no apurar los plazos, para evitar aglomeraciones en las oficinas el día anterior al cierre del plazo.

¿Qué pasa si estoy fuera de España?

Existen dos modalidades de voto desde el extranjero dependiendo de la condición del votante, ya que existen dos censos electorales: el Censo Electoral de Residentes (CER) -para españoles que viven en España- y el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA), donde figuran los españoles que viven en un país extranjero, y que siguen un procedimiento propio para votar.

Sin embargo,si estás empadronado en España y te encuentras de viaje en el extranjero, ya figuras en el CER, aunquetendrás que solicitar el conocido como "voto de españoles temporalmente en el extranjero" (voto ERTA) para poder votar más allá de nuestras fronteras.

Si te encuentras en el segundo caso (por ejemplo, de vacaciones en otro país) deberás solicitar la recepción de la documentación desde la Oficina Consular de España más cercana; en esa oficina deberás inscribirte como no residente en el Registro de Matrícula Consular y, a continuación, tendrás que indicar la dirección de tu domicilio en el extranjero. La empresa local de correos se encargará de hacerte entrega de la documentación: una vez que la recibas, deberás remitirla por correo certificado a la dirección de la mesa electoral que te corresponda.

Puedes consultar la dirección de la mesa en la Sede Electrónica del Instituto Nacional de Estadística, y toda la información acerca del voto desde el extranjero a través de la página del Ministerio de Asuntos Exteriores.