ELECCIONES GENERALES 23J

Cuándo y cómo se cuenta el voto por correo

ondacero.es

Madrid | 23.07.2023 20:50

Hasta cuándo se puede pedir el voto por correo
Voto por correo | Gabriel Luengas / Europa Press

Tras el anuncio del adelanto de las elecciones realizado por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, los españoles tendrán que votar el próximo 23 de julio, en pleno verano. Aquellos que se encuentren de vacaciones pueden optar por votar por correo y así no tener que acudir a los colegios electorales para ejercer su derecho al sufragio.

El voto se podrá solicitar tanto en las oficinas de Correos como vía online en su web. La entrega del voto debe ser personal en las oficinas de la empresa. El elector que lo vaya a depositar tendrá que entregar la documentación para votar, identificándose mediante DNI, pasaporte u otro documento identificativo. Se podrá entregar hasta el 20 de julio.

Los servicios de Correos remiten la solicitud a la Oficina del Censo Electoral, que hace la anotación correspondiente en las listas del censo. Una vez admitida, ya no podrá votar presencialmente.

¿Cuándo y cómo se cuenta el voto por correo?

Correos conserva hasta el día de la votación toda la correspondencia dirigida a las mesas electorales. El mismo 23 de julio a las 20 horas, después de que la última persona en la mesa electoral haya votado se introducen en la urna los votos por correo. Para ello, deben seguirse cuatro pasos:

  • Se abrirán de uno en uno los sobres remitidos a la Presidencia de la Mesa y se comprobará que contienen el certificado de inscripción en el censo o sobres de voto por correo.
  • Se comprobará que está inscrito en el censo de la mesa.
  • Se introducirá en la urna correspondiente.
  • Se anotará al elector en la lista numerada de votantes.