Pedro Sánchez ha hecho un anuncio este lunes que ha pillado por sorpresa a todos: se adelantan las elecciones generales al próximo 23 de julio.
Esta decisión responde a los malos resultados del PSOE en las elecciones municipales y autonómicas del 28 de mayo, en las que los socialistas han perdido gran parte de su poder territorial. El presidente del Gobierno ha asumido en primera persona la debacle de su partido en las urnas y deja en manos de los ciudadanos su continuidad en el poder.
La convocatoria de elecciones coincide con las vacaciones de verano de muchos españoles y éstas pueden verse truncadas en caso de ser elegido miembro de una mesa electoral. Además, estos cargos (ya sea el de Presidente o de Vocal) son obligatorios y no es sencillo librarse.
Cuándo sabré si me toca estar en la mesa electoral
Esta tarde se reúne el Consejo de Ministros para preparar el decreto de convocatoria de elecciones y mañana se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Los miembros de las mesas electorales se eligen por sorteo en todas las elecciones y estos sorteos suelen realizarse un mes antes de la fecha de los comicios. En el caso de las elecciones del 23 de julio, el sorteo se realizaría entre el 23 y el 27 de junio, aproximadamente.
En los días posteriores al sorteo, los ciudadanos elegidos para estar en la mesa electoral recibirán una carta en su domicilio con la notificación de su cargo. La única forma de saber si te ha tocado ser miembro de una mesa electoral es recibir esta carta.
La notificación la entregará el cartero o, también, la puede entregar un agente de policía. Si no estás en ese momento en casa, recibirás un aviso para ir a recoger la carta a Correos.
En la carta viene detallada la información sobre el puesto que deberás ocupar (o si eres suplente) en la mesa electoral y las instrucciones para saber lo que tienes que hacer.
Causas que te eximen de estar en una mesa electoral
Como hemos explicado antes, los cargos de Presidente o Vocal son obligatorios. No obstante, hay algunos motivos por los que una persona puede quedar eximida de estar en una mesa electoral. Algunos de ellos son:
- Haber formado parte de una mesa en elecciones anteriores: al menos en tres ocasiones en los últimos diez años también serán excluidos del sorteo
- Estar hospitalizado
- Tener una lesión, dolencia o enfermedad
- Tener una situación de discapacidad o estar de baja
- Estar embarazada de riesgo o de más de 6 meses: a partir de los 6 meses de embarazo tampoco tienen la obligación de acudir a la mesa al igual que las que acrediten el riesgo durante el embarazo durante los primeros seis meses del mismo.
- Se excluye a las mujeres que se encuentran de baja maternal y a los padres que están de baja paternal.
- Estarán exentas las madres, durante el período de lactancia natural o artificial, hasta que el bebé cumpla nueve meses
- Presos y enfermos psiquiátricos
- Víctimas de delito con orden de alejamiento
- Monjas o monjes de clausura
- Los mayores de entre 65 y 70 años, aunque están incluidos en el sorteo, pueden alegar y, en principio, se acepta que no participen.
- No saber leer ni escribir: el presidente de mesa ha de tener al menos Bachillerato o FP de segundo grado
- Cambio de residencia a otra comunidad autónoma
- Cuidado de menores y discapacitados
- Cuidar de un familiar de hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que, por razones de edad, accidente o enfermedad, no pueda valerse por sí mismo
- Madres o padres de menores de catorce años, cuando se acredite que el otro progenitor no puede ocuparse del menor durante la jornada electoral
- Eventos familiares relevantes
- Quienes tienen funciones electorales
- Directores de medios y jefes de informativos
- Médicos, bomberos y policías en servicio
- Profesionales que participan en acontecimientos públicos