ELECCIONES GENERALES

El papel del rey Felipe VI ante una investidura incierta: ¿a quién designará como candidato?

Felipe VI tendrá que proponer un candidato en un escenario difícil tras el 23J. Repasamos los precedentes tras las elecciones y lo que dice la Constitución acerca del papel del Rey.

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Antonio J. Mora

Madrid | 01.08.2023 17:08

El rey Felipe VI en una imagen de archivo
El rey de España, Felipe VI. | EFE/ Ángel Colmenares

El 23J dibujó un escenario incierto en España. Todo hace indicar que Pedro Sánchez podrá sumar la mayoría absoluta para volver a ser investido, aunque la necesidad de incorporar a varias formaciones políticas, con la incógnita de Junts y Puigdemont, propicia que todo siga en el aire.

Después del recuento del voto extranjero, los focos apuntan a la constitución de las Cortes, que tendrá lugar el próximo 17 de agosto. Una vez constituidas, agosto da paso a la tradicional ronda de contactos con Felipe VI, que también juega un papel clave para la investidura. El Rey tendrá que proponer un candidato, pero el 23J complica su encargo por varias razones. La primera de ellas, el propio resultado de las elecciones, además de los encuentros con los partidos políticos y la intención de los líderes de PSOE y PP de presentarse.

Las dificultades de Felipe VI para proponer a un candidato tras el 23J

El monarca no lo tendrá fácil para designar un candidato a la investidura tras el 23J. Como ya ha declarado desde las elecciones, Feijóo se presentará a una investidura que se prevé fallida, por lo que Felipe VI tendrá que decidir si designa al líder popular pese a que no cuenta con apoyos para la mayoría absoluta necesaria.

Otro de los motivos que complican el encargo del Rey reside en la ronda de contactos. Felipe VI convocará tras la constitución de las Cortes a los representantes políticos, que deberán detallar los apoyos con los que cuentan para que el monarca tenga constancia de las intenciones de cada uno de los líderes de las formaciones. No obstante, como ha sucedido en otras rondas, ERC, Junts o Bildu podrían no acudir a la convocatoria de Felipe VI y no le comunicarían de primera mano sus apoyos en una investidura.

¿Qué dice la Constitución sobre el papel del Rey?

Así, se puede dar que dos candidatos pidan al Rey que les envíe a una investidura, lo que puede llevar a una situación sin precedentes. ¿Y qué dice la Constitución al respecto? Hay que llegar hasta el artículo 99, el que regula la investidura del presidente del Gobierno en nuestro país, aunque tampoco lo deja claro.

Según lo establecido en el mismo, no hay ninguna condición para proponer candidatos. El monarca propondrá dicho candidato y una vez elegido éste debe presentar su programa político en el Congreso de los Diputados durante la sesión de investidura y así pedir la confianza de la Cámara. Si no recibe el apoyo necesario, se podrán seguir presentando candidatos durante los siguientes dos meses.

Una vez finalizado este plazo, se disolverán las Cortes y se convocarán de nuevo elecciones.

Los precedentes sobre los candidatos designados por el Rey

Después de unos comicios, el Rey siempre ha designado en primera ronda como candidato al ganador de las elecciones, pero con distinto resultado en la investidura. Por ejemplo, en los comicios de diciembre de 2015, el monarca propuso a Mariano Rajoy, aunque el expresidente declinó el ofrecimiento al no contar con los apoyos necesarios. Ya en segunda ronda, el candidato propuesto fue Sánchez, que quedó segundo y sí aceptó, aunque no superó la investidura.

Otro escenario simular se dio en junio de 2019, cuando Felipe VI designó a Sánchez, que sí aceptó el encargo pese a tampoco tener apoyos suficientes y no lograr pasar la investidura. Además, en septiembre de ese mismo año, el Rey no propuso ningún candidato tras la ronda de contactos, lo que dibujó otras elecciones en el horizonte.