ELECCIONES GENERALES 23J

¿Puedo solicitar que me llegue el voto por correo al lugar en el que estoy de vacaciones?

La documentación comenzará a llegar a los domicilios a partir del 3 de julio.

🔴 El calendario de las elecciones generales: campaña, voto por correo y otras fechas clave

ondacero.es

Madrid | 20.06.2023 10:41

Una persona con un ticket de voto por correo en la oficina de Correos de Cibeles
Una persona con un ticket de voto por correo en la oficina de Correos de Cibeles | Jesús Hellín / Europa Press

Las elecciones generales del próximo 23 de julio mantienen en vilo las vacaciones de miles de españoles que se encontraron por sorpresa una convocatoria electoral apenas unas horas después de superar la última.

Las inusuales fechas cogieron a muchos ciudadanos con las vacaciones ya organizadas, lo que podría suponer un problema tanto a la hora de votar como de formar parte de una mesa electoral.

Las solicitudes de voto por correo se han disparado en las últimas semanas y se espera que puedan llegar a ser entre 2,5 y 3 millones los electores que soliciten esta opción, por lo que Correos ha recomendado no dejar los trámites "para última hora" y ha pedido iniciarlos con tiempo suficiente para que el proceso pueda realizarse "con absoluta normalidad".

Los electores que decidan ejercer su voto por correo en las próximas elecciones tendrán, además, la obligación de presentar su DNI a la hora de entregarlo en Correos. El plazo para votar por correo se ha ampliado hasta el jueves 20 de julio.

¿Cómo pedir el voto por correo?

Los electores pueden solicitar el voto por correo en cualquier oficina de Correos desde la fecha de la convocatoria de las elecciones presentando la solicitud junto al DNI. También se puede solicitar a través de internet, pero en ese caso deberá acreditarse el DNI electrónico o el certificado digital.

En caso de no poder hacer la gestión personalmente, esta podrá ser efectuado por otra persona autorizada notarial o consularmente mediante un documento que se extenderá individualmente en relación con cada elector y sin que en el mismo pueda incluirse a varios electores, ni una misma persona representar a más de un elector.

El solicitante recibirá en su domicilio las papeletas, los sobres electorales, el certificado de inscripción en el censo, un sobre con información sobre la mesa electoral en la que está censado y una hoja explicativa del proceso. El votante deberá firmar personalmente la recepción de toda la documentación y acreditar su identidad.

Toda esta documentación será remitida al domicilio que se indique al presentar la solicitud, que no es obligatorio que sea la residencia habitual. El voto por correo llegará a los domicilios entre el 3 y el 16 de julio, por lo que si para esa fecha el solicitante está ya en su segunda residencia es recomendable indicarlo en su solicitud.