Cuándo no hay un bloque vencedor tras unas elecciones generales... ¿quién gobierna? ¿es imprescindible repetir elecciones? ¿hay que revisar el artículo 99 de la Constitución Española?
Son dudas que ya surgieron hace cuatro años. Ante la falta de consenso, en aquella ocasión fue necesario repetir las elecciones para que Sánchez saliera propuesto como candidato a la presidencia en diciembre de 2019. En enero de 2020 se inició la sesión de investidura, pero no obtuvo la mayoría absoluta de los diputados en la primera votación, con lo que hubo que esperar a una segunda votación para que lograra la mayoría simple.
Durante su discurso de investidura, Sánchez planteó reformar este artículo con el apoyo de todos los partidos políticos, para evitar futuros bloqueos si los partidos no se ponían de acuerdo.
El objetivo de la reforma era poder investir al líder de la candidatura más votada cuando se hubieran agotado los intentos con aquel candidato presentado por el rey (como ocurre en los ayuntamientos. Cuando no hay mayoría absoluta del pleno, gobierna automáticamente la lista más votada).
Qué dice el artículo 99
El artículo 99 de la Constitución regula la investidura del presidente del gobierno en nuestro país. Según lo establecido, tras la celebración de las elecciones generales, el rey se reunirá con los representantes de todos los partidos que tengan representación parlamentaria y propondrá un candidato a la presidencia.
Una vez elegido, el candidato debe presentar su programa político en el Congreso de los Diputados durante la sesión de investidura y pedirá la confianza de la Cámara. Si recibe el apoyo en primera votación, logrará la mayoría absoluta y el rey le nombrará presidente. En caso contrario, será necesaria una segunda votación 48 horas después, en la que será suficiente la mayoría simple para lograr la investidura.
Si aun así no se alcanzara el apoyo necesario, se podrán seguir presentando candidatos durante los siguientes dos meses. Si pasado ese tiempo no se pudiera investir a un candidato, se disolverán las Cortes y se convocarán de nuevo elecciones.
Qué va a ocurrir
De acuerdo con el artículo 99 y teniendo en cuenta los resultados del 23 de julio, el rey debería consultar al candidato del Partido Popular si acudirá al Congreso a presentar su programa para solicitar la confianza de la Cámara.
Si la respuesta por parte de Feijóo fuera positiva, el rey lo propondrá como candidato. En caso de que el líder popular nos se presentara, el rey debería proponer al candidato del PSOE como segunda lista más votada, para que lo intente como ya hiciera hace cuatro años.