Madrid | 23.07.2023 07:34
España está inmersa en un intenso año electoral. Después de las elecciones municipales y autonómicas del 28 de mayo llegan los comicios generales del 23 de julio, que determinarán quién es el próximo presidente del Gobierno durante los siguientes cuatro años.
El voto de cada elector es personal, por lo que cada ciudadano debe identificarse en la mesa electoral que le indique su tarjeta censal. Pero, ¿qué pasa si el DNI está caducado?
Si llegas al colegio electoral y te das cuenta de que tienes el Documento Nacional de Identidad (DNI) caducado, podrás ejercer tu derecho al sufragio igualmente, siempre y cuando presentes el original y no una fotocopia.
Asimismo, el carnet de conducir y el pasaporte también son alternativas válidas que ayudan a que el Presidente de la mesa electoral se cerciore de quién eres. En este caso, ocurre lo mismo que con el DNI, aunque estén caducados se pueden presentar mientras sean documentos auténticos.
Una vez hayas introducido tu papeleta en el sobre electoral, debes acercarte a la mesa electoral que marca tu tarjeta censal e identificarte.
Según establece el artículo 81 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, cuando la Mesa tiene dudas acerca de la identidad del votante, a pesar de la exhibición de los documentos identificativos, tiene que decidir por mayoría si acepta o no el voto del elector.
En las elecciones generales del 23 de julio no pueden votar "los condenados por sentencia judicial firme a la pena principal o accesoria de privación del derecho de sufragio durante el tiempo de su cumplimiento", tal y como recoge el artículo tercero de la Ley Orgánica de 19 de junio del Régimen Electoral General.