El próximo 21 de abril, los vascos tienen una cita con las urnas en unas elecciones en las que elegirán a sus representantes en el Parlamento autonómico para los próximos cuatro años.
Según el calendario con las fechas clave, el voto por correo se puede solicitar desde el miércoles 28 de febrero hasta el próximo jueves 11 de abril (inclusive). Hay dos formas de solicitarlo: de manera telemática a través de la web de Correos, o presencialmente en cualquier oficina postal.
Los electores que decidan votar por correo pueden solicitar el Certificado de su inscripción en el Censo Electoral de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Obtener este certificado es un requisito imprescindible para poder emitir el voto por correo.
Cómo solicitar el voto por correo de manera telemática
Hay que visitar la página web de Correos y el interesado tiene que acreditar su identidad mediante autenticación y firma electrónica, aceptándose como sistemas de identificación válidos el sistema de identificación electrónica de Euskadi (BakQ) (mediante el uso de la tarjeta virtual), los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria en su lista de prestadores cualificados de servicios electrónicos de confianza y el DNI electrónico (DNI-e).
Cómo solicitar el voto por correo de forma presencial
También se puede solicitar en las oficinas de Correos de España. Debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad -acreditada mediante certificación médica oficial- que le impida la formulación personal de dicha petición. En este caso puede ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente.
Según informa la página web de Correos, "en el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su identidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, Pasaporte o carnet de conducir originales.
Con el objetivo de agilizar los trámites y evitar esperas, la compañía ofrece la opción de cita previa para la solicitud del voto en oficinas, a través de la app, la web de Correos o la Oficina Virtual. Para ello el elector tan sólo debe seleccionar la oficina disponible que tenga cita previa y, por último, elegir el día y la hora que más le convengan.
Correos entregará las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral en el País Vasco, quienes enviarán a los solicitantes, a partir del 1 de abril de 2024, la documentación necesaria para que puedan ejercer el voto por correo.
Se recuerda a las personas que soliciten el voto por correo que esa documentación la recibirán en la dirección que indiquen en la solicitud, que no tiene por qué coincidir con su domicilio habitual".