Los nombres registrados de estas cuatro DOPs, Dehesa de Extremadura, Guijuelo, Jabugo y Los Pedroches, están protegidos contra cualquier uso comercial que se realice para producto no amparado cuando dichos productos sean comparables a los productos registrados o cuando el uso del nombre se aproveche de la reputación del nombre protegido, incluso si se indica el verdadero origen de los productos y servicios.
La utilización de estos nombres para la oferta, comercialización o promoción de jamones no amparados por alguna de estas cuatro DOPs constituye un acto de engaño y/o confusión a los consumidores y de explotación de una reputación que le es ajena, bien en comercio físico, en comercio electrónico y en general en cualquier práctica que incite a error al consumidor sobre el origen del producto.
En esta ocasión la comunicación conjunta se ha realizado para ir en contra del uso indebido de los cuatro nombres protegidos por la UE en la comercialización directa en el comercio electrónico de productos no amparados por estas figuras de Calidad Diferenciada.
En virtud de la normativa de la UE todo el proceso de certificación y etiquetado forma parte de un sistema de control oficial que obliga a la detección y sanción de posibles fraudes en la comercialización.