La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha confirmado la sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba que condena a un varón como responsable de un delito de agresión sexual a su hija menor de edad, entre 13 y 14 años, a las penas de diez años y seis meses de prisión, prohibición de aproximarse a la víctima o a su domicilio o lugar de trabajo a una distancia no inferior a 500 metros y comunicarse con ella en 12 años y seis meses y la privación de la patria potestad hasta la mayoría de edad.
Los magistrados han desestimado el recurso de apelación interpuesto por el acusado y confirman la resolución.
En la sentencia también condenan al hombre a inhabilitación para el ejercicio de cualquier profesión u oficio, retribuido o no, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad por tiempo de 15 años y seis meses.
El alto tribunal andaluz da por probado que el acusado, entre mayo de 2018 y noviembre de 2019, en un número indeterminado de sábados, cometía los hechos aprovechando que la madre de la niña salía a trabajar y que no había otras personas en el domicilio.