REGULACIÓN DE LAS VPO EN GRANADA

El Ayuntamiento de Granada avanza para una regulación "eficiente" de las Viviendas de Uso Turístico

El concejal de Urbanismo de Gramada, Enrique Catalina, ha informado este viernes sobre la aprobación en Junta de Gobierno Local del proyecto de avance relativo a la innovación al Plan General de Ordenación Urbana de Granada (PGOU) para su adecuación a la normativa autonómica en materia de Turismo, de cara a continuar los trámites administrativos necesarios para una "eficiente regulación de las Viviendas de Uso Turístico (VUT) de la ciudad".

Redacción

Granada | 26.07.2024 14:04

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El ministerio de Consumo se propone sancionar la publicidad de los pisos turísticos ilegales | Europa Press

"Frente a los efectos colaterales que está provocando esta actividad, entendemos que se debe reaccionar con regulación para tratar de conciliar a todas las partes inmiscuidas en este asunto" ha señalado Catalina, quien atribuye la "ágil gestión" en este ámbito a "una razón imperiosa de interés general".

El expediente de innovación incluirá un análisis previo de las zonas más afectadas de la ciudad "que ayude a arbitrar unas condiciones técnicas necesarias conforme a los criterios legales existentes", ha apuntado el edil.

Catalina ha recalcado "lo positiva que es esta noticia para todos los granadinos afectados de alguna u otra forma en el asunto de las VUT", puesto que "trata de garantizar la convivencia de los vecinos, la estructuración urbanística del territorio, o reducir problemas medioambientales", pero sobre todo, subraya el edil, "pretendemos proteger a los residentes de barrios tradicionalmente turísticos como los del Albaicín, conciliar su día a día con el desempeño de esta actividad económica y, además, garantizar el acceso a la vivienda de nuestros jóvenes, a quienes esta administración tiene muy presentes cada día", ha dicho.

Enrique Catalina ha recordado que el PGOU de Granada publicado en el BOP de 10 de mayo de 2001 califica los usos turísticos del suelo dentro del uso pormenorizado residencial singular, pero no recoge las distintas categorías recogidas en la posterior regulación de la actividad turística por la legislación sectorial, como las Viviendas de Uso Turístico.

Además, la terminología que utiliza este planeamiento se refiere exclusivamente al concepto de establecimiento hotelero, por lo que no contempla las nuevas modalidades de usos turísticos que implican una ampliación de la tipología vinculada a este mismo uso.

"Por razones de seguridad jurídica, iniciamos la innovación del PGOU para adaptarlo a la normativa existente y sustituir el término de establecimiento hotelero por una denominación que englobe toda la casuística existente actualmente, por el de alojamiento turístico", ha explicado Catalina.