Es frecuente que las comunidades de vecinos se conviertan en centros de trabajo donde concurren trabajadores de empresas externas a realizar sus labores. Es por ello que surge una cuestión a tener en cuenta, ¿están las Comunidades de Vecinos obligadas a cumplir la norma de prevención de riesgos laborales o a realizar la Coordinación de Actividades Empresariales? Esther Astorga, vocal del Colegio de Administradores de Fincas de Málaga y Melilla, nos aclara que debe ser así. Además, esta situación no afecta solamente a los trabajadores asalariados con los que pueda contar la Comunidad, sino también a aquellos que tengan que realizar labores en sus dependencias y que pertenezcan a empresas externas.
25-11-2024 Riesgos Laborales 2
Por otra, Esther Astorga nos cuenta que las comunidades de propietarios tienen las mismas obligaciones en materia preventiva que otras empresas, así como que se les considera persona jurídica y, por tanto, el incumplimiento lleva sanciones administrativas, civiles y/o penales que pueden afectar a la Comunidad de propietarios o al administrador.