Protección frente a la ampliación del metrocentro
Según Murillo, sin esta protección, distintas actuaciones que se están tramitando en su entorno inmediato, como el Plan Especial del Metro Ligero, y otras, pueden afectar las principales características de este edificio emblemático de la ciudad de Sevilla y desvirtuar la gran puerta de entrada a Sevilla. Nos referimos , concreta Murillo a “posibles edificaciones, adhesiones o acercamiento de elementos a las fachadas de la Estación, más allá de los límites previstos en el proyecto original”.
Ambas entidades han enviado además una carta explicando los motivos de la decisión. En la misiva firmada además por el director de la ETSAS, Ramón Pico, se asegura que se deben respetar los parámetros que los autores definieron para proteger las visuales y la percepción que se tienen del edificio tanto del viajero que se acerca desde el exterior de la Estación como del visitante que llega en tren. Como ya se ha indicado, el tratamiento de la luz natural en el espacio interior de la Estación de Santa Justa juega un papel fundamental en la percepción del mismo.
A continuación la carta enviada por ambas entidades:
SANTA JUSTA: LA PUERTA DE ENTRADA A SEVILLA MERECE SER BIC
Estos días hemos formalizado, desde el Colegio de Arquitectos de Sevilla y la Escuela Técnica Superior de Arquitectura de Sevilla, la propuesta de inscripción del edificio de la estación de Santa Justa como Bien de Interés Cultural (BIC). Contamos, además, con el apoyo del Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía y la Fundación Docomomo. Son varios los motivos que nos han llevado a ello y que queremos compartir para hacer esta propuesta también vuestra:
La Estación es uno de los exponentes más importantes de la arquitectura contemporánea sevillana, recibiendo el Premio Nacional de Arquitectura en 1993. Obra de los arquitectos Antonio Cruz Villalón y Antonio Ortiz García, del estudio Cruz y Ortiz, reconocidos internacionalmente por la calidad de su trabajo.
Santa Justa es la obra más emblemática realizada en el contexto de la Expo 92 y supuso, desde el punto de vista urbanístico, la ordenación y apertura de una parte de la ciudad dividida, hasta el soterramiento de gran parte de las vías, por las barreras ferroviarias, marcando un hito revolucionario a escala metropolitana.
Esta apertura se consolida, además, con la primera línea de alta velocidad del país, uniendo Sevilla y Madrid, lo que supuso un cambio económico y social para toda la Comunidad. Santa Justa simboliza, por tanto, la voluntad de modernización del país, y de minimizar el desequilibrio social y de desarrollo existente entre las distintas regiones que afectaba fundamentalmente a Andalucía. Santa Justa tiene, por consiguiente, un significado que trasciende el valor del propio edificio.
Desde su construcción, han pasado por ella más de 130 millones de personas lo que la convierte en la principal puerta de entrada de Sevilla y la primera imagen que se tiene de la ciudad.
Fue concebida como una estación de término, donde la sucesión de espacios va acompañando al viajero a su llegada a la ciudad, siguiendo una secuencia lineal desde la nave de andenes, las rampas, pasarelas y escaleras mecánicas hasta el gran vestíbulo. En su interior, la luz natural asume un papel muy importante en la definición de los distintos espacios, reforzando esta secuencia. La unidad se consigue por medio del tratamiento de la luz y la elección de materiales, predominando el ladrillo visto, el hormigón visto y el acero y vidrio en la zona de vías. El acceso principal se realiza a través de una espectacular marquesina, que es el elemento constructivo más característico del edificio.
Cabe señalar que, la Estación, forma parte de un proyecto mayor que nunca se llegó a culminar. El proyecto inicial incluía una edificación perimetral, las calles aledañas y el espacio triangular que se encuentra en la parte frontal del edificio (actualmente un espacio residual de la ciudad). Es, y así lo han mencionado sus autores en múltiples ocasiones, un proyecto aun inconcluso y así lo señala el Texto Refundido del Plan General de Ordenación Urbanística (TR-PGOU) de Sevilla aprobado por el Pleno del Ayuntamiento el 15 de marzo de 2007.
Esta condición de proyecto inconcluso es fundamental, y marca el principal de los argumentos que queríamos compartir: La Estación de Santa Justa cuenta actualmente con protección por el planeamiento urbanístico al estar incluida dentro del catálogo periférico del TR- PGOU de Sevilla. Sin embargo, la ficha del edificio de la Estación (la CP.035) ha sido modificada recientemente siguiendo el procedimiento abreviado del artículo 10.3.8 del TR-PGOU de Sevilla, por el cual el Pleno del Ayuntamiento tomó conocimiento de la modificación el 17 de septiembre de 2020 y se ha eliminado parte del ámbito que estaba protegido, liberando dos franjas de suelo a ambos lados de las naves de los andenes de la Estación, eliminándose el entorno, una cuestión que desde el patrimonio hace décadas que es imprescindible a la hora de abordar la comprensión de un edificio y su protección.
Sin esta protección del entorno, distintas actuaciones que se están tramitando en su entorno inmediato, como el Plan Especial del Metro Ligero, y otras, pueden afectar las principales características de este edificio emblemático de la ciudad de Sevilla y desvirtuar la gran puerta de entrada a Sevilla.
Nos referimos a posibles edificaciones, adhesiones o acercamiento de elementos a las fachadas de la Estación, más allá de los límites previstos en el proyecto original. Se deben respetar los parámetros que los autores definieron para proteger las visuales y la percepción que se tienen del edificio tanto del viajero que se acerca desde el exterior de la Estación como del visitante que llega en tren. Como ya se ha indicado, el tratamiento de la luz natural en el espacio interior de la Estación de Santa Justa juega un papel fundamental en la percepción del mismo.
Bajo la premisa de respetar el edificio como un elemento exento, se debe incluir una normativa del entorno inmediato de La Estación que incluya una regulación de materiales, diseño de fachadas, tratamiento de visuales, etc. de forma que se garantice su correcta protección.
Además, para la correcta conservación de este edificio, es indispensable la aplicación sobre del artículo 34 de la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía, de forma que las actuaciones que se realicen tanto en la edificación como en su entorno sin licencia municipal, se remitan a la Consejería competente en materia de patrimonio histórico para su autorización. Con la protección urbanística actual de la Estación de Santa Justa, las actuaciones no sometidas legalmente al trámite reglado de la licencia municipal no tendrían el control ni de la administración municipal ni de la Consejería competente en materia de patrimonio histórico.
Sevilla se abre al mundo a través de su puerta de entrada, Santa Justa, protejamos como se merece el edificio y su entorno.
Cristina Murillo, decana del COAS y Ramón Pico, director de la ETSAS.