acababa de tener por cesárea a su tercera hija

Un acuerdo evita el juicio por la muerte de una mujer en el ascensor de Valme cuando era trasladada en camilla

La muerte de Rocío Cortés en agosto de 2017 causó una gran conmoción en la ciudad. La joven de 25 años falleció atrapada por las puertas del ascensor del Hospital de Valme mientras era trasladada en camilla después de que se le practicara la cesárea de su tercera hija. Según publica El Diario de Sevilla, la Fiscalía, que inicialmente había pedido el procesamiento del ascensorista, ha mostrado su conformidad con el acuerdo alcanzado por la acusación y la defensa para cerrar la vía judicial, de modo que la jueza de Instrucción número 1 de Sevilla ha decretado el sobreseimiento provisional y el archivo la causa.

Elena Manzano

Sevilla | (Publicado 01.06.2020 11:12 )

Vista general del Hospital Universitario de Valme en Sevilla | EFE

El Juzgado de Instrucción número uno de Sevilla ha ordenado el sobreseimiento provisional de las actuaciones correspondientes a la muerte de la joven Rocío Cortés el 20 de agosto de 2017 en el hospital hispalense Virgen de Valme, cuando era trasladada en camilla en un ascensor tras haber dado a luz a su tercera hija, al haber solicitado el archivo del caso primero los familiares de la víctima mortal del accidente y después la propia Fiscalía, como ha avanzado Diario de Sevilla.

En su auto, emitido el pasado 22 de mayo y recogido por Europa Press, el Juzgado de Instrucción número uno de Sevilla decide el sobreseimiento provisional y archivo de estas diligencias en las que figuraban como investigados F.C.D. como operario de la empresa de ascensores Orona, encargada del mantenimiento de los ascensores del hospital; y A.J.F.G., el celador que transportaba a la joven después de que ésta hubiese dado a luz a su tercera hija.

El celador introdujo la camilla con la paciente en uno de los ascensores del hospital para trasladarla al área de planta, pero el ascensor habría comenzado a subir en un momento en el que el extremo de la camilla donde reposaba la cabeza de la joven estaba aún fuera de la cabina, lo que provocó que el cráneo de la mujer quedase atrapado entre el suelo de la cabina y el dintel de la puerta al elevarse el ascensor. Tal extremo motivó que la joven falleciese por un traumatismo craneal severo.

El pasado mes de febrero, la Fiscalía había solicitado incoar el procedimiento abreviado contra el técnico responsable del ascensor y que se archivase la causa respecto al celador, considerando responsable civil directa a la compañía aseguradora y, de forma subsidiaria, a la empresa encargada del mantenimiento de los ascensores a la que pertenecía el técnico en cuestión y al Servicio Andaluz de Salud (SAS).

EL TÉCNICO NEGABA "INTERVENCIÓN O MANIPULACIÓN"

A la hora de comparecer ante la juez instructora, F.C.D., el operario de la empresa de ascensores Orona encargada del mantenimiento de los ascensores del hospital de Valme, negó "intervención o manipulación" alguna por su parte que provocara el movimiento inesperado del elevador.

De cualquier manera, tras aquella petición de la Fiscalía, el Ministerio Público señala en un escrito fechado también el pasado 22 de mayo "el apartamiento de los perjudicados", pues los padres de la fallecida y el esposo y las hijas de la misma habían solicitado el sobreseimiento de las actuaciones, tras un acuerdo para indemnizar a estas personas, según Diario de Sevilla.

Ante este escenario, la Fiscalía expone en su escrito recogido por Europa Press que el "apartamiento" de las acusaciones particulares le deja como "única eventual acusación", considerando que "existe base para sostener bien la falta de elementos suficientes para una pretensión de condena, bien constancia de la gravedad de aquella imprudencia, pudiendo sostenerse que el informe pericial de Taxo, acordado judicialmente y que concluye que no puede determinarse con exactitud si el accidente se originó a consecuencia de un incorrecto funcionamiento del ascensor, de un error del operario en su manipulación o de una combinación de ambos; permite considerar venturado persistir en aquella solicitud (de apertura de procedimiento abreviado), al existir serias dudas sobre la utilidad de iniciar la fase de juicio oral con tan escasas expectativas de un pronunciamiento condenatorio".

Por eso, la Fiscalía ha optado también por solicitar el sobreseimiento de las actuaciones, ante lo cual el Juzgado de Instrucción número uno ordena tal extremo, pues "es necesaria la existencia de acusación para que pueda seguir adelante el procedimiento" y, en este caso, tanto la Fiscalía como las demás partes personadas habían reclamado el sobreseimiento.