El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número siete de Sevilla ha respondido a la petición aclaratoria del Ayuntamiento, que ya es suficientemente "claro" su requerimiento de ejecución de la sentencia que ordena retrotraer la oposición promovida en 2012 para cubrir vacantes de la Policía Local, al momento anterior al caso práctico, porque en el mismo "se produjeron irregularidades invalidantes", anulando así el nombramiento como funcionarios de los opositores seleccionados entonces. Según dicha instancia, deben ser cesados "la totalidad" de los agentes afectados.
Como ha avanzado ABC, así figura en un auto emitido por dicha instancia el pasado viernes y notificado esa misma jornada, según ha confirmado a Europa Press el Ayuntamiento, que precisa no obstante que no prevé fijar fecha de repetición de la prueba anulada, momento al que se une el cese de los agentes abarcados por esta sentencia, al estar preparando ya un nuevo recurso.
Ello, tras el auto de comienzos de mes en el que la juez, tras no acceder a las peticiones respecto a que declarase la "imposibilidad de ejecución" de la sentencia, resuelve la anulación de la resolución municipal que señalaba para el 30 de septiembre de este año como fecha de repetición de la prueba práctica anulada de dicho proceso selectivo de 2012, una fecha que había quedado suspendida a mitad de dicho mes por petición del opositor denunciante del caso, al atisbar posibles "irregularidades" en los actos del Consistorio a la hora de ejecutar la sentencia.
Antes de dicha resolución municipal que fijaba el 30 de septiembre como fecha de repetición de la prueba práctica anulada, el Ayuntamiento había comunicado al Juzgado, de cara a ejecutar la sentencia, "la procedencia de cesar a los funcionarios afectados en el momento inmediatamente anterior a la celebración del nuevo examen, y no antes".
Empero, posteriormente el Ayuntamiento solicitaba al juzgado no ejecutar la sentencia, alegando entre otros aspectos una "imposibilidad" de cumplirla "por la pérdida de 44 funcionarios/as de Policía Local en activo, con la consiguiente merma de la seguridad pública".
A la hora de no acceder a declarar la "imposibilidad" de ejecución de la sentencia, la juez del caso exponía que la pérdida de 44 funcionarios/as de Policía Local en activo con la consiguiente merma de la seguridad pública no puede conllevar la imposibilidad de ejecución de la sentencia, ya que hay que ponerlo en relación con la seguridad jurídica y con los principios de igualdad, mérito y capacidad para acceder a la función pública, principios que fueron vulnerados por la Administración" en el citado proceso selectivo.