El miércoles 22 de mayo salía publicado en el Boletín Oficial del Estado la modificación del permiso de lactancia en casos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento. Entre las novedades, que el permiso de lactancia se puede acumular en jornadas completas, aunque no se recoja en el convenio colectivo. De esta manera, este permiso pasa a ser de 28 días para todos los trabajadores y pueden ausentarse una hora del trabajo que se puede dividir en dos fracciones hasta que el bebé cumpla 9 meses.
Javier Checa, presidente de la Sección de Derecho Laboral del Colegio de Abogados de Zaragoza, explica que esta es la principal novedad de esta normativa, ya que hasta ahora dependía de los convenios colectivos y de esta manera se aplica a todos los trabajadores. También es cierto que como indica el letrado, la mayoría de los convenios recogía esta medida.
En lo que hay que hay que estar atentos, como asegura Javier Checa, es en el cálculo de los días de permiso por lactancia, si se decide juntar todas las horas, ya que depende del tipo de contrato y de las circunstancias de cada trabajador. Lo que se marca es el derecho de una hora diaria.
Tanto las madres como los padres pueden disfrutar de este permiso y habría novedades en el caso de que los dos progenitores trabajen en la misma empresa. En este caso, como explica el abogado Javier Checa, la empresa pude denegárselo a uno de los dos en el caso de que coincidan en fechas por razones organizativas, pero ha de presentar una alternativa al progenitor al que se le ha denegado.