Movilidad urbana

Los patinetes eléctricos tendrán que tener seguro obligatorio de responsabilidad civil

El nuevo anteproyecto de ley de Seguros de Automóviles establece que los patinetes eléctricos pasan a considerarse como "vehículos personales ligeros", esto implica que será obligatorio que tengan un seguro de responsabilidad civil. Una norma que entraría en vigor el 2 de enero de 2026.

Lourdes Funes

Zaragoza | 30.05.2024 09:41

Hombre en patinete eléctrico con casco / Pixabay

El Consejo de Ministros ha aprobado un proyecto de Ley de Seguros Automóviles que, ante el incremento de accidentes en los que se ven implicados patinetes eléctricos, se va a obligar a que estos vehículos dispongan de un seguro de responsabilidad civil. Ahora comienza su tramitación parlamentaria y será obligatorio a partir del 2 de enero de 2026. Miguel de las Morenas, presidente del Colegio de Mediadores de Seguros de Zaragoza y Teruel, explica que, de esta manera, queda equiparado el patinete eléctrico a un vehículo a motor.

Esto significa que al patinete eléctrico se le va a tener la misma consideración que cualquier vehículo que circula tradicionalmente por vía urbana en cuando a accidentes de tráfico, con las mismas exigencias en cuando a la contratación de un seguro, asegura De las Morenas. El objetivo no es solo dar cobertura al perjudicado en un accidente en el que se ve involucrado un patinete eléctrico, peatones en la mayoría de los casos, sino también daños materiales al chocar con otros vehículos o materiales.

En estos momentos hay compañías de seguros que ofrecen seguros de responsabilidad civil para patinetes eléctricos que, como dice el presidente del Colegio de Mediadores de Seguros de Zaragoza y Teruel, rondan los 20 euros, aunque añade que, al equipararse ahora al reto de vehículos a motor como coches o ciclomotores, las coberturas aumentan por lo que seguramente sufrirán una subida de precio cuando entre en vigor la ley.

Bicicletas en el aire

Esta nueva normativa establece que los patinetes eléctricos pasan a denominarse "vehículo personal ligero" y contempla a todos los vehículos de motor que alcanzan una velocidad máxima de entre 6 y 25 km/h y tienen un peso inferior a 25kg. También se incluyen los que alcancen una velocidad máxima de entre 6 y 14 km/h y un peso superior a 25 kg.

Ahora queda por definir cómo y dónde habrá que registrar los patinetes eléctricos para que los agentes puedan tener acceso a la información en caso de siniestro. Esta normativa afecta a los patinetes eléctricos, pero queda pendiente la regulación de las bicicletas eléctricas.