Los uniformes están implantados en algunas empresas, por lo menos desde el siglo XVI, pero siempre genera debate cuando en lugar de mirar la uniformidad se entra en desigualdades entre los trajes y la forma de vestir de trabajadores y trabajadoras. ¿Una empresa puede imponer la vestimenta? Eduardo Isla, abogado especialista en Derecho Laboral, Seguridad Social, asegura que sí. La empresa puede obligarnos siempre y cuando no haya una discriminación por ser hombres, mujeres o, ahora con la ley trans, una persona transgénero.
Sobre qué límites legales hay para que una empresa imponga un código de vestimenta determinado, en España tan sólo hay una sentencia y la dictó el Tribunal Constitucional a final de los 90 y fue referente a los uniformes de las azafatas de Renfe. En el código de la empresa decía que las mujeres debían llevar falta y los hombres pantalón, el Tribunal afirmó que la empresa debería, aplicando el derecho de Igualdad, dar la opción de llevar falda o pantalón. Según Isla, no hay más sentencias porque desde las empresas se intenta que las imposiciones no sean discriminatorias porque ninguna quiere salir a la luz pública por estos motivos que desgastan la imagen.
Por otro lado, el Estatuto de los Trabajadores no contempla aspectos como los códigos de vestimenta ya que se trata de marcar parámetros que cumplan los empresarios en garantía de los derechos de los trabajadores. Luego, cada empresa tiene su casuística. En estos momentos, Isla afirma que los asesores legales recomiendan a las empresas que antes de tomar determinadas decisiones, piensen y propongan acciones con las que ningún trabajador pueda sentirse discriminado, sobre todo por género.