ORDENANZA DE MOVILIDAD

Preguntas más frecuentes sobre el distintivo medioambiental

Desde el 1 de junio es obligatorio exhibir la pegatina de la DGT para circular y aparcar en Gijón. Respondemos a las preguntas más habituales que puedes hacerte.

Guillermo Figueroa

Gijón | 03.06.2022 09:26

Las pegatinas de la DGT
Las pegatinas de la DGT | Centímetros Cúbicos

¿Qué coches están obligados a exhibir la etiqueta?

Esta obligación afecta únicamente a los vehículos con derecho a distintivo: B, C, ECO y 0 Emisiones. El resto de vehículos, al no poder disponer de distintivo, no están afectados por la obligación.

¿Afecta también a las motos?

Sí, si tienen derecho a portar el distintivo deben mostrarlo como los coches.

¿En qué momento debo llevar a la vista la etiqueta?

En todo momento. Ya sea para circular por todo el concejo o para aparcar, tanto en zona blanca como azul.

¿Puedo circular o aparcar sin etiqueta?

Sí, pero podría ser sancionado.

¿A qué multa me expongo por incumplir la norma?

La ordenanza de movilidad establece una multa de 90 euros para aquellos coches que, pudiendo, circulen sin pegatina.

Si no resido en Gijón, ¿me afecta esta obligación?

Sí. Cualquier vehículo que circule o aparque en Gijón debe cumplir con la norma. La ordenanza de movilidad no distingue entre vehículos.

Si mi coche no tiene derecho a recibir etiqueta, ¿puedo circular?

Sí. Hasta el 1 de enero de 2026 la ordenanza permite circular por Gijón sin etiqueta siempre que el vehículo no tenga derecho a ella. Lo que está restringido desde el 1 de abril de 2022 es aparcar en zona azul sin etiqueta medioambiental. Los parquímetros no expedirán ticket a estos coches y por lo tanto serían multados. Se establecen algunas excepciones, como las que rigen para vehículos históricos, de movilidad reducida o residentes con tarjeta ORA

¿Cómo puedo comprobar si mi vehículo tiene derecho a portar el distintivo?

Hay cuatro tipos de distintivos.

CERO EMISIONES: Vehículos eléctricos de batería, eléctricos de autonomía extendida, híbridos enchufables, con una autonomía mínima de 40 kilómetros con motor eléctrico, y vehículos de pila de combustible.

ECO: Vehículos híbridos enchufables con una autonomía inferior a 40 kilómetros con motor eléctrico, híbridos no enchufables, propulsados por gas natural o propulsados por gas licuado de petróleo.

C: Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de junio de 2015 y vehículos de más de 8 plazas y pesados, tanto de gasolina como de diésel, matriculados a partir de 2014.

B: Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero del año 2000 y de diésel a partir de enero de 2006. Vehículos de más de 8 plazas y pesados tanto de gasolina como de diésel matriculados a partir de 2005.

Si no está seguro puedo comprobar si puede solicitarla en la web de la DGT introduciendo la matrícula de su vehículo.

¿Cómo consigo la etiqueta?

A nivel general, en cualquier oficina de Correos. Debe presentar el permiso de circulación del vehículo y el DNI del propietario. Tiene un coste de 5 euros.

También es posible tramitar la compra vía on line en Correos Market

Hay ciertos colectivos profesionales que pueden acceder a la pegatina a través de cauces propios, como es el caso del Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Asturias o la Asociación Ganvam.

¿Gijón es una excepción en España?

No. Esta normativa ya está en vigor en Madrid y Barcelona. Se prevé que a partir de 2023 muchos municipios españoles de más de 50.000 habitantes establezcan obligaciones similares. Estarán ligadas a la creación de zonas de bajas emisiones.

¿Qué es la ordenanza de movilidad de Gijón?

Es la norma aprobada a finales de marzo de 2021. Puedes consultarla en su totalidad en este enlace