No podrán utilizar equipos de reproducción de música amplificada, el horario máximo de cierre quedará fijado en la 1:00 horas y el de apertura podrá comenzar a las 6:00. No se permitirá el uso de la pista de baile o similar, y deberán de respetarse las medidas de distanciamiento y aforo, fijadas por las autoridades sanitarias. Además, se permitirá la utilización de los equipos de reproducción/amplificación sonora, siempre y cuando operen como música ambiental en los términos recogidos en la Ordenanza Municipal del Ruido. Adicionalmente, pueden solicitar licencia de terraza de conformidad con lo establecido en la Ordenanza Reguladora de la Instalación de Terrazas de Hostelería en la Vía Pública.
Según el consistorio, el objetivo de esta resolución es, al igual que la suscrita el 16 de julio de este año y en septiembre de 2020, "que la situación generada por la COVID-19 sea menos lesiva sin generar un riesgo para la salud pública". Quedará sin efecto cuando se acuerde el levantamiento de las restricciones horarias impuestas para la apertura del ocio nocturno o cuando así lo determine el Ayuntamiento en función de la evolución de la pandemia.