La Fiscalía pide la libre absolución del acusado de agredir a tres religiosos en la Catedral de Oviedo al entender que sufre una alteración psíquica y solicita que siga un tratamiento psiquiátrico durante 2 años
15.11.2021
La Fiscalía pide la libre absolución del acusado por atacar a tres religiosos en la Catedral de Oviedo en septiembre. El Ministerio Público entiende que sufre una alteración psíquica por lo que solicita que la obligación someterse a un tratamiento psiquiátrico y psicológico externo durante 2 años así como que comunique al Juzgado cualquier cambio de domicilio que realice.
El Ministerio Fiscal sostiene que, sobre las 19 horas del día 21 de septiembre de 2021 y tras la misa en la Catedral, el acusado, afectado por una grave alteración, abordó al sacerdote que acababa de oficiar la ceremonia para reprocharle que no había querido darle la comunión en la boca a consecuencia de la pandemia. El acusado le propinó entonces un golpe con un paraguas que llevaba en la mano.
En su auxilio acudieron el sacristán y otro sacerdote quienes fueron también golpeados por el acusado, agresiones que terminaron cuando unos feligreses fueron en su ayuda, lo que aprovechó el acusado para salir huyendo. Los agredidos sufrieron lesiones que para su curación solo precisaron de una primera asistencia médica, no desearon denunciar los hechos y renunciaron ante la autoridad judicial a cuantas indemnizaciones pudieran corresponderles. Por su parte, el tercer atacado tampoco deseó denunciar los hechos y
que, como los anteriores, renunció a cuantas indemnizaciones pudieran corresponderle, sufrió lesiones que para su curación precisaron, además de una primera asistencia médica, la aplicación de puntos de sutura y de las que sanó a los cinco días. Le quedó como secuela una pequeña cicatriz en el cuero cabelludo.
El acusado tiene antecedentes de patología mental de larga duración y está diagnosticado de trastorno bipolar. Esta patología puede suponer una alteración importante de sus funciones mentales. Por el desarrollo de los hechos y los antecedentes patológicos, se desprende que pudiera encontrarse en una fase de episodio maniaco, con alteración importante de sus funciones mentales.
La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito menos grave de lesiones del artículo 147.1 del Código Penal. Concurre la eximente del número 1º del artículo 20 del Código Penal (el que al tiempo de cometer la infracción penal, a causa de cualquier anomalía o alteración psíquica, no pueda comprender la ilicitud del hecho o actuar conforme a esa comprensión). El fiscal concluye con una petición de libre absolución del acusado y que se le imponga la medida de libertad vigilada, consistente en sometimiento a tratamiento médico psiquiátrico y psicológico externo y comunicar al Juzgado los cambios de domicilio, durante 2 años.