La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Oviedo ha notificado este martes un auto por el que ordena la excarcelación del condenado por dos delitos de violación consumada; un delito de violación en grado de tentativa; y un delito de agresión sexual en grado de tentativa. Este es el segundo condenado por delito sexuales que sale de prisión en Asturias tras la entrada en vigor de la nueva ley de 'solo sí es sí".
Con la nueva ley la Sala ha acordado revisar la sentencia ejecutoria pronunciada respecto del penado. Por cada uno de los delitos de violación consumados, rebajar la pena impuesta de 7 años de prisión a la de 5 años de prisión. Por el delito de violación ejecutado en grado de tentativa rebajar la pena impuesta de 4 años de prisión a la de 3 años de prisión. Y mantener la condena de 7 meses de prisión impuesta por el delito de agresión sexual ejecutado en grado de tentativa.
En función de la revisión de la sentencia ejecutoria que ha efectuado el Tribunal en aplicación de la L.O. 10/22 de 6 de septiembre resulta que la rebaja en hasta 5 años de las penas impuestas determina que el penado ya las habría cumplido.
Además se observa que si por razón de ser la pena más grave en su momento impuesta de 7 años, cuyo triple supondría una suma de 21 años que excluyó la acumulación jurídica prevista en el artículo 76 del Código Penal, con la revisión que ha tenido lugar el triple de la pena más grave, de 5 años de prisión, también supera el marco de posibilidades que prevé aquel precepto sustantivo, lo cual implica que el cumplimiento de las penas se alcanzó en todo caso.