El Tribunal Constitucional ha archivado el recurso presentado contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares que consideró legal pedir felaciones para saldar una deuda. El Alto Tribunal renuncia a valorar la legalidad de liquidar las cargas económicas entre adultos mediante sexo oral puesto que considera que "no tiene importancia constitucional suficiente", tal y como ha adelantado el medio Última Hora.
Así pues, el Constitucional avala el fallo de la Audiencia de Palma que legitimó judicialmente el pago de las deudas contraídas "en especies". Es decir, que se podrá acordar liquidar las deudas por medio de cualquier práctica sexual como si de un contrato contractual se tratara.
El relato de una mujer que denuncia coacciones
La historia se remonta al mes de septiembre del año 2019, cuando una mujer mallorquina de 38 años y con serios problemas económicos decidió recurrió a la ayuda de su excuñado, un varón de 58 años. Este le realizó un ingreso de 15.000 euros después de acordar las condiciones del pago de la deuda en las que, según la mujer, no se estipuló ningún plazo, sino que iría devolviendo el préstamo conforme le fuera posible.
Sin embargo, según consta en la denuncia, a los pocos días el excuñado le impuso una nueva condición: ella debía hacerle dos o tres "biberones" (felaciones) semanales para saldar su deuda y, ante la intimidación que explica que sintió, la mujer accedió hasta en cinco ocasiones. Al parecer, se reunían en el interior del vehículo del denunciado, entablaban una conversación y concluían el encuentro con sexo oral.
La mujer aclaró que siempre se sintió muy coaccionada por el denunciado que no dudó en amenazarla. De hecho, la denuncia refleja varias frases intimidatorias como "mientras dure la deuda conmigo me harás de xiribeva (puta)" o "Yo soy muy radical. Yo tanto puedo ser agresivo como vengativo. ¿Eres consciente de lo que te acabo de decir? No tengo muchas piedades el día que me pongo en plan de combate. No lo debes poner en duda". Además, según la mujer, el denunciado le propuso ir "más allá de las felaciones" para hacer un 69.
La mujer denuncia acoso continuado
La denunciante decidió confesar el suceso a un amigo y también a su madre, pero cuando el excuñado se enteró de que lo había contado, le dijo a la mujer con agresividad que en su próximo encuentro llevase el móvil con mucha carga de batería, para grabar todo lo que tenía que decir y lo escucharan esas paparres.
A partir de entonces, el acoso no cesó, con llamadas y mensajes amenazadores que después presentó en la denuncia ante la Policía Nacional. Además, el día 3 de enero la mujer recibió una carta certificada en la que se le vejaba y se le advertía: "o cumples o te denunciaré".
Los abogados de la víctima solicitaban la incoación de un delito de abusos sexuales, pero la Audiencia de Palma entendió en su día que saldar una deuda contraída de forma voluntaria con felaciones no es constitutivo de delito. La Sección 2 de la Audiencia de Palma, presidida por Diego Gómez-Reino, acordó desestimar el recurso de apelación interpuesto por la víctima descartando a su vez la existencia de un delito continuado de coacciones. Todo ello, en contra de la petición de la Fiscalía que denunciaba coacciones leves y del propio juez instructor que consideraba la existencia de coacciones graves.
La parte denunciante presentó un recurso de constitucionalidad. Esta noticia generó gran polémica. Incluso la ministra Irene Montero la criticó con dureza cargando contra el TSJIB.