Condenada a 4 años y 9 meses la acusada del atropello mortal de Paula Fornés
La sentencia declara probado que el 24 de junio de 2018, sobre las 1.50 horas de la madrugada, la acusada circulaba por la Avenida Miramar de Sa Rápita en dirección a Campos con el coche de su marido, sin seguro obligatorio, con sus facultades psicofísicas "notablemente mermadas" por la ingesta de bebidas alcohólicas, invadió el carril derecho por ir mirando el móvil y atropelló a dos jóvenes, una de las cuales falleció en el acto.
El juez de lo Penal número 3 de Palma ha condenado a 4 años 9 meses y 15 días de prisión a la acusada del atropello mortal de la joven de 15 años Paula Fornés, en Sa Ràpita en junio de 2018, por de homicidio por imprudencia grave, lesiones, delito contra la seguridad del tráfico, conducción sin permiso y falsedad documental.
La sentencia declara probado que el 24 de junio de 2018, sobre las 1.50 horas de la madrugada, la acusada circulaba por la Avenida Miramar de Sa Rápita en dirección a Campos con el coche de su marido, sin seguro obligatorio, con sus facultades psicofísicas "notablemente mermadas" por la ingesta de bebidas alcohólicas, invadió el carril derecho por ir mirando el móvil y atropelló a dos jóvenes, una de las cuales falleció en el acto.
Tras el atropelló invadió de forma abrupta el carril contrario, el izquierdo, de forma abrupta y momentánea, continuó su marcha y huyó del lugar.
La pena más elevada, de 4 años de cárcel y 6 años de prohibición de conducir, es por un delito contra la seguridad del tráfico en concurso con homicidio y lesiones por imprudencia grave. Se suman la condena a 3 meses y 15 días de cárcel por conducir sin el permiso vigente y a 6 meses más por falsedad documental porque mostró una licencia polaca que resultó ser falsa.
Además, el juez la condena a abonar una responsabilidad (con el Consorcio de Compensación de Seguros y responsabilidad subsidiaria del propietario del coche) de 71.705 euros a la madre de la joven atropellada; de 76.113 al padre y de 25.970 al hermano.
El magistrado la absuelve de conducción temeraria, delito del que la acusaba la acusación particular, en nombre de la familia, que pedía en total una condena de 11 años para la mujer.
Frente a esta sentencia cabe recurso ante la Audiencia de Palma.
La familia de la joven es una de las cinco de personas que murieron en accidentes de tráfico causados por conductores que habían ingerido alcohol que promovieron una recogida de firmas para modificar la legislación y endurecer las penas a los conductores bebidos.
La sentencia declara probado que, tras el atropello, dos ocupantes de otro vehículo que se cruzó con el coche de la ahora condenada se fijaron en el golpe que llevaba, luego vieron a los menores heridos, la persiguieron y dieron con ella parada en un plaza cercana.
Les reconoció que era la conductora, de modo que uno de ellos se fue a buscar a la policía y el otro la retuvo y, cuando intentó marcharse, le quitó las llaves del contacto. Al conversar con uno de ellos llegó a decir que se había despistado "cinco segundos" con el móvil.
Los agentes de policía apreciaron en ella síntomas de intoxicación etílica, hasta el punto de que tuvieron que sujetarla para que no se cayera y ayudarla a subir al furgón policial. Tras dar positivo en la prueba de alcoholemia, la detuvieron.
Sobre la alegación de la defensa de que la policía no explicó a la acusada el procedimiento de la prueba de etilometría, que es polaca y no comprende el castellano y que solicitó un intérprete hasta en tres ocasiones y no le hicieron caso, el juez señala que la acusada no estaba detenida cuando fue sometida a la prueba de alcoholemia, por lo que no era precisa la presencia de intérprete.
El juez señala que varios testigos, agentes y vecinos hablaron con la conductora en español y aunque no lo hablaba bien, lo entendía todo; que su marido e hija hablan castellano, que lleva más de 7 años en España y que ya se sometió a otro proceso judicial en castellano y sin intérprete. "La acusada se ha colocado en una situación de total ignorancia idiomática que no se corresponde con la realidad", indica el juez.