En la rueda de prensa posterior al Consell de Govern, la consellera de Asuntos Sociales y Deportes, Fina Santiago, ha defendido la necesidad de que este nuevo marco se apruebe por medio de un decreto ley, una figura que permite agilizar la entrada en vigor de una norma y su tramitación parlamentaria. "Si tarda en aprobarse, podría perjudicar a los ciudadanos", ha añadido.
Además de las adaptaciones de regulación necesarias, el Ejecutivo repasa y actualiza las prestaciones, y solicita a los grupos parlamentarios que esta actualización del decreto se tramite como proyecto de ley. De este modo, si es aprobado en el Parlament, el decreto ley acabará teniendo el rango de ley.
La normativa regula todas las prestaciones económicas que las personas vulnerables pueden recibir y habilita a las diferentes administraciones, dentro de sus competencias, a ponerlas en marcha en función de las necesidades sociales y de sus competencias como administración.
TIPOLOGÍA DE PRESTACIONES SOCIALES
El decreto ley establece tres tipologías de prestaciones sociales de carácter económico: derecho subjetivo, concurrencia competitiva y las de urgencia social.
Las prestaciones sociales de carácter económico de derecho subjetivo son la nueva renta social garantizada, el complemento de renta social garantizada y la renta de emancipación.
Las prestaciones sociales de carácter económico de concurrencia competitiva permiten desarrollar, al margen de la normativa de subvenciones, convocatorias de ayudas económicas que tengan una disponibilidad económica limitada.
Finalmente, las de urgencia social permiten regular, sobre todo, las ayudas económicas básicas de los ayuntamientos, las de emergencia y las de apoyo familiar y apoyo a la inserción social.
Una de las cuestiones que queda definida en la nueva normativa es que este tipo de prestacionesno están sometidas a retención del IRPF.
RENTA SOCIAL GARANTIZADA
Las modificaciones que se realizan en el actual decreto también tienen como objetivo recoger mejoras para los demandantes de la renta social garantizada. Así, por ejemplo, las personas que acceden a la renta social garantizada después de una resolución negativa del ingreso mínimo vital (IMV) podrán cobrar retrasos desde el momento en que pidieron el IMV, no como hasta ahora, que es desde el momento en que se pide la renta social garantizada.
Por otra parte, la consellera Fina Santiago ha explicado que se prorroga hasta final de año el complemento del 15 por ciento del importe de las cuantías de la renta social garantizada (Resoga) que se implementó el pasado abril como consecuencia de la subida de precios derivada de la guerra de Ucrania. Son 4.229 familias vulnerables, perceptoras de la renta social garantizada, que se benefician de esta medida.
Una persona usuaria de Resoga que vive sola ha pasado de cobrar 491 € al mes a cobrar 565. Una persona adulta que vive con un menor pasará de cobrar 747 € a cobrar 859. Una familia de dos personas adultas y dos menores pasa de cobrar 934 € a cobrar 1.074 €.
DECRETOS APROBADOS DURANTE ESTA LEGISLATURA
Durante la rueda de prensa posterior al Consell de Govern, tanto el portavoz del Ejecutivo, Iago Negueruela, como la consellera Santiago han defendido que la situación que se ha vivido en los últimos años --la pandemia de la COVID-19 y la guerra en Ucrania-- justifica que se hayan aprobado numerosas normativas por la vía del decreto ley.
De esta forma, ambos han descartado un "abuso" de esta figura, algo que ha sido criticado en numerosas ocasiones por los partidos de la oposición en el Parlament.
Negueruela ha asegurado que esta figura ha sido utilizada por todas las comunidades autónomas durante la COVID-19 y ha descartado comparar el número de decretos del actual Govern con el de José Ramón Bauzá: "El Govern de Bauzá no tuvo una situación de pandemia ni de guerra".
Por su parte, Fina Santiago ha considerado que "no hay que ver el número, sino la calidad" de los decretos. "Ha habido una pandemia y una guerra, y nos hemos tenido que adaptar", ha subrayado.