El jurado popular ha considerado culpables por siete votos a favor y dos en contra a los dos acusados por la muerte de un turista alemán al que arrojaron a la autopista de Llucmajor desde una furgoneta en octubre de 2022.
La Audiencia Provincial de Palma ha acogido la tarde de este miércoles la lectura del veredicto alcanzado por los nueve miembros del jurado, quienes han tardado poco más de un día en deliberar.
Así, los jurados han considerado probado --también por siete a dos-- que el día de los hechos los dos acusados vieron a la víctima, de 20 años y en estado de embriaguez, al que subieron a su furgoneta y se dirigieron por la Ma-19 en dirección a Palma.
Minutos después, de común acuerdo, abrieron la puerta corredera izquierda del vehículo y empujaron al joven a la calzada, donde quedó tendido. Poco después fue arrollado por un coche que circulaba por esa vía, que nada pudo hacer para evitarlo, y le causó la muerte.
Al tirarlo, ha concluido el jurado, sabían que, atendiendo al estado de intoxicación etílica en el que se encontraba el turista y que caería a una zona de la autopista con escasa velocidad y por la que los coches circulan a alta velocidad, era muy probable que al arrojarlo le causarían la muerte, pero aceptaron esa posibilidad.
No obstante, han considerado probado por siete votos a dos que los dos acusados en ningún caso se aprovecharon del estado de intoxicación del fallecido con la intención de que éste no opusiera resistencia. "No hay elementos suficientes que prueben que buscaban su muerte de forma directa", han considerado los miembros del jurado.
La interpretación de estos dos puntos ha causado una discrepancia entre la magistrada y la Fiscalía y la letrada de la acusación particular, que representa a la familia de la víctima. Mientras la primera ha considerado que el jurado ha considerado que los hechos son constitutivos de un delito de homicidio, las acusaciones han mantenido la postura que han sostenido a lo largo del juicio, es decir, que se trata de un asesinato.
La representante del Ministerio Público, al final de la vista de este miércoles, ha defendido que el hecho de que los acusados fueran conscientes de que al empujarlo a la carretera implica que hubo alevosía. No obstante, en virtud del hecho considerado probado acerca de que no buscan su muerte de forma directa, la jueza ha mantenido que no existió dicha circunstancia.
Pese a ello, la Fiscalía y la acusación han mantenido su petición de 25 años de prisión para ambos por un delito de asesinato y, de forma subsidiaria, de 15 años por homicidio.
Las dos letradas de la defensa, por su parte, han adelantado que recurrirán la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB).
La abogada de uno de los acusados, sobre quien el jurado ha considerado probado que tenía sus capacidad alteradas a causa del consumo de drogas, ha pedido que la sentencia contemple dicha atenuante. La otra ha solicitado que su representado sea condenado a la pena mínima exigible por un delito de homicidio.