El Consejo de Ministros ha aprobado este martes la prohibición del despido sobrevenido por incapacidad. Hasta ahora, la regulación permitía que las empresas extinguieran su relación laboral con una persona con una incapacidad sobrevenida. Un extremo que cambia con la reforma normativa que condiciona la finalización del contrato a la voluntad de la persona trabajadora.
De esta manera, los trabajadores afectados por una incapacidad sobrevenida podrán solicitar una adaptación razonable al puesto de trabajo o pedir un cambio a un puesto que esté disponible acorde a su capacidad profesional y nueva situación.
La incapacidad sobrevenida es esa condición que se adquiere en la edad adulta cuando, a causa de una enfermedad o un accidente, se desarrolla una discapacidad. En Cantabria, el CERMI estima que en torno a 20.000 personas sufren discapacidad sobrevenida.