En la sentencia, fechada el pasado 31 de julio y a la que ha tenido acceso Europa Press, se condena al Fogasa ha abonar a estos 47 trabajadores la diferencia entre las indemnizaciones que les correspondían por el tiempo trabajado en Ecomasa y la que tenían cuando se incorporaron desde Teka, y que en algún caso data de 1988.
El montante total que tendrá que abonar asciende a 340.462 euros, cantidad que la abogada de los trabajadores, Maite Ortiz, reclamaba en la demanda contra el Fogasa que presentó el pasado 3 de mayo y que ha sido estimada por el Juzgado de lo Social número 5.
Para su fallo, el juzgado se basa en la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) del pasado mes de abril en la que se obligaba al Fogasa a mantener a los primeros 88 trabajadores despedidos de Ecomasa la antigüedad originaria reconocida empresarialmente y que era la de Teka.
"El pronunciamiento del TJC de Cantabria debe ser seguido ahora", indica la sentencia, que señala que el fondo de la demanda es el mismo "más allá de los agravios comparativos que se podrían derivar entre los trabajadores que fueron objeto de un despido objetivo previo y estos trabajadores con un despido objetivo posterior ya concursal".