Incendio y derrumbe

Archivada la causa por la explosión de un edificio en La Albericia en la que resultaron fallecidas tres personas

La investigación apunta a una bombona de gas manipulada y ofrece “serios indicios” de que el autor fue uno de los fallecidos, que había manifestado su deseo de quitarse la vida y volar el edificio.

ondacero.es

Santander |

Edificio afectado por el incendio de La Albericia
Edificio afectado por el incendio de La Albericia | Ayuntamiento de Santander

El titular del Juzgado de Instrucción n.º 2 de Santander ha acordado el sobreseimiento libre y archivo de las diligencias que fueron incoadas tras la explosión acaecida la madrugada del pasado 26 de octubre en un inmueble de La Albericia, siniestro en el que resultaron fallecidas tres personas.

En un auto hoy dado a conocer, el magistrado explica que la investigación de la policía judicial y científica ofrece “conclusiones importantes” sobre la causa de la explosión y también sobre el posible responsable de la misma.

Así, se sitúa el origen en una cocina del edificio derrumbado, donde se encontró una bombona de gas con la manguera seccionada, “corte que se había hecho de manera intencionada”, explica el auto.

Además, la investigación “ofrece serios indicios que permiten afirmar que el autor de la manipulación que provocó la explosión fue el morador” de uno de los pisos siniestrados.

En este sentido, explica el auto que esta persona “en alguna ocasión había verbalizado su deseo de quitarse la vida y de volar el edificio en el que vivía, aludiendo, incluso, a la utilización de una bombona de gas”.

Junto a ello, estaba diagnosticado de un trastorno de la personalidad y esquizofrenia y había tenido varios intentos autolíticos.

Así las cosas, el magistrado señala que “si bien cabe afirmar la naturaleza criminal del hecho, su persecución y represión se revela imposible al haber fallecido su responsable”.

Por ello, acuerda el sobreseimiento libre y archivo de las diligencias previas incoadas, resolución que no es firme ya que puede ser recurrida en reforma ante el propio magistrado o bien en apelación ante la Audiencia Provincial de Cantabria.