El fiscal delegado de Derechos Humanos y Memoria Democrática de Cantabria, Carlos Yáñez, ha dado un mes de plazo a la alcaldesa de Santander, Gema Igual (PP), para que el Ayuntamiento cambie la denominación de dieciocho calles con nombres franquistas del callejero y retire dos monumentos conmemorativos.
Así lo ha hecho en una reclamación previa al Consistorio de la capital cántabra, fechada este lunes y a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que advierte a la regidora de que si no cumple, "se ejercitarán las acciones judiciales que se consideren procedentes" e "igualmente, se dará traslado" a la Dirección General competente "para que inicie, si procede, el procedimiento sancionador por una infracción grave de la Ley de Memoria Democrática".
Concretamente, le insta a cumplir en el plazo de un mes los acuerdos aprobados por el Pleno municipal en agosto de 2015 y mayo de 2016 y proceda "al cambio inmediato" de la denominación de estas 18 calles del callejero y a retirar el monumento a las legiones italianas, ubicado en la Plaza de Italia, y del levantado en honor a los caídos en la IV División de Navarra, en el Paseo Reina Victoria.
En su escrito, el fiscal del área censura "la inactividad" de la Administración municipal al no ejecutar sus propios acuerdos para el cumplimiento de sus obligaciones en materia de memoria democrática" y entiende que éste "se ha situado de forma consciente y deliberada en una posición inadmisible de rebeldía frente al cumplimiento de la ley".
Añade Yáñez que "desde la perspectiva de los servidores públicos, resulta especialmente grave la transgresión publica de la ley mediante acciones, omisiones, dilaciones o transformaciones absolutamente injustificadas".
Considera que, en línea con lo anterior, "los honores a criminales fascistas que al día de la fecha mantiene el Ayuntamiento de Santander, repulsan abiertamente el derecho de reparación de las víctimas del franquismo".
Además, recuerda que la Ley de Memoria Democrática fija un régimen sancionador "para acciones u omisiones que supongan incumplimiento de las obligaciones".
A su juicio, en este caso, "resulta patente desde un punto de vista jurídico que la legalidad vigente está siendo frontalmente conculcada tanto en lo que se refiere a las obligaciones que le impone al Ayuntamiento de Santander la Ley de Memoria Democrática en lo que se refiere al incomprensible e injustificado incumplimiento de sus propias decisiones como Gobierno municipal".
El fiscal advierte de que el cumplimiento de la ley "no es una opción que atribuya a los particulares o los poderes públicos una facultad discrecional de ejecución en función de sus apetencias, ideología, creencia u oportunidad política, sino que dicho cumplimiento responde a un norma constitucional sobre la que se construye toda nuestra existencia como Estado democrático de derecho".
Dado, según señala, que los servidores públicos tienen "una obligación o exigencia reforzada en cuanto al deber de cumplir y hacer cumplir la ley", considera el fiscal que el caso del Ayuntamiento de Santander resulta "especialmente anómalo e injustificado".
Esta reclamación se ha producido después de que, en febrero de este año, representantes de asociaciones memorialistas -a las que se ha notificado el escrito del ministerio público- presentaron una petición por la que se solicitó la intervención de la Fiscalía de Derechos Humanos y Memoria Democrática de Cantabria para que realizara las gestiones oportunas a fin de obligar al Ayuntamiento de Santander a que cumpla la legislación y retire del nomenclator toda la denominación que mencione exaltación de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión franquista.
También en junio de 2024 se presentó una denuncia ante la Fiscalía de Cantabria por presunto delito de prevaricación contra el Ayuntamiento de Santander al no acceder a retirar del callejero municipal los nombres del Paseo del General Dávila y de la calle Alonso Vega, entendiendo que dichas nomenclaturas infringen la Ley de Memoria Democrática.
Según recuerda el fiscal, dicha denuncia dio lugar a la incoación de diligencias penales de investigación para el esclarecimiento de este presunto delito, si bien se acordó que los hechos denunciados no integraban el tipo penal, aunque se consideró que la vía adecuada para la corrección de la ilegalidad denunciada era la contencioso-administrativa.
También en diciembre de 2024 se presentó ante la Fiscalía de Memoria Democrática una petición para la ejecución inmediata del acuerdo del Pleno de Santander de agosto de 2015, aprobado por mayoría.
En el mismo, se acordaba que el Consistorio "adoptaría de inmediato las medidas oportunas para la determinación de las menciones conmemorativas de exaltación, personal y colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura contenidas en el callejero, procediendo al cambio de denominación de las calles y/o topónimos afectados".
Tras la celebración del Pleno, la comisión de estudio constituida en el Consejo Municipal de la Cultura elevó la propuesta de eliminar los dos monumentos antes mencionados y cambiar el nombre a 18 calles: Alcázar de Toledo; Alto de los Leones; Alféreces provisionales; Belchite; Brunete; Camilo Alonso Vega; Capitán Cortés; Carlos Haya; Columna Sagardina; División Azul; García Morato; General Díez de Villegas; General Dávila; General Moscardó; Montejurra; Ruiz de Alda; Sargentos Provisionales y Zancajo Osorio.
Primera vez en España
Es la primera vez que un fiscal reclama formalmente a un ayuntamiento de España la retirada de nombres franquistas de su callejero, iniciando un expediente administrativo contra un consistorio por negarse a hacerlo.
El fiscal del área en Cantabria ha explicado, en declaraciones a la Cadena Ser recogidas por Europa Press, que este paso deriva de una serie de antecedentes que constaban en el ministerio público, como una denuncia de la Asociación Desmemoriados presentada en mayo de 2023 y otra colectiva interpuesta un año después (junio de 2024), que dieron lugar a diligencias de investigación sobre el callejero municipal.
Ambas denuncias terminaron en un decreto de archivo en el que se indicaba que, en su caso, y por aplicación del principio de intervención mínima, la actuación debería marcarse dentro de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Y partir de esa resolución, la Fiscalía de Memoria Democrática recibió peticiones conjuntas de las cuatro asociaciones de memoria cántabras, en concreto el pasado 13 de febrero, que se sumaron a las recibidas previamente de particulares (el 11 de diciembre de 2024) y que solicitaban igualmente al ministerio público que actuara "en consonancia" con su propio decreto de archivo y en el ámbito contencioso-administrativo.
Cumplir sus propios acuerdos
Así, se estudió el asunto y se valoró la posibilidad de intervenir, ha indicado Yáñez, que en relación con este caso ve en el Ayuntamiento de Santander "claramente un incumplimiento" de la ley, concretamente de la de Memoria Democrática, y de sus propios acuerdos y sin "justificación" además, que "es lo que insta realmente la Fiscalía" al Consistorio, es decir, a que cumpla sus propios acuerdos y con la legalidad vigente.
Y en caso contrario, si persiste el incumplimiento, puede dar lugar a un régimen sancionador que correspondería a la Dirección General de Memoria Democrática, tras remitir la Fiscalía al Estado testimonio de dicho incumplimiento. Al tiempo, el fiscal iniciaría acciones en la vía de la vía contencioso-administrativa para solicitar al juez que obligue al Ayuntamiento de Santander a cumplir la ley.