La Audiencia Provincial de Cantabria juzga a los encargados de un club de alterne ubicado en la recta de Heras por tener a 22 personas trabajando sin estar dadas de alta en la Seguridad Social.
Se trata del administrador único de la mercantil que gestiona el club y el encargado del local, quienes, según el escrito del fiscal, eran los responsables de la contratación de las personas que trabajaban en el mismo. Por ello, están acusados de un posible delito contra los derechos de los trabajadores.
Según relata el escrito de la Fiscalía, en julio de 2019, Inspección de Trabajo realizó una visita a las instalaciones y comprobó que 22 personas que realizaban servicios como camareras de alterne no se encontraban dadas de alta en la Seguridad Social.
De ellas, 17 eran españolas o comunitarias, por lo que no requerían autorización de trabajo, y otras cinco "carecían de permiso de trabajo en España".
En total, 38 personas trabajaban en la empresa, 16 de ellas dadas de alta y el resto no, por lo que más de la mitad de la plantilla se encontraba en esa situación.
Para la Fiscalía, los acusados son autores de un delito contra los derechos de los trabajadores por el que pide una pena de dos años de prisión y 2.700 euros de multa cada uno, además de una indemnización a la Tesorería General de la Seguridad Social en 547 euros, la cantidad dejada de cotizar el día de la inspección.
Por su parte, el letrado de la Seguridad Social, que ejerce la acusación particular, constata "graves irregularidades laborales" y pone de manifiesto que, mientras que encargados, camareros, cocinera, limpiadora y operarios de mantenimiento sí estaban dados de alta en la Seguridad Social, las camareras de alterne no lo están pese a que "prestan sus servicios en un horario prolongado a cambio de una remuneración pactada".
"Los acusados conocen perfectamente la obligación de dar de alta a los trabajadores que presten para un empresario trabajos por cuenta ajena" y, no obstante, "mantenían a las trabajadoras sin hacerlo, prestando éstas servicios de alterne, esto es, desplegando una actividad dirigida a que los clientes del establecimiento realizaran consumiciones, siendo retribuidas por ello al final de la jornada", añade la acusación particular.
Por ello, eleva la petición de condena a tres años de prisión y 6.000 euros de multa, además de que pide la clausura del negocio durante tres años o, subsidiariamente, la suspensión de la actividad durante el mismo periodo.