La Guardia Civil detuvo este jueves de madrugada a dos hermanos de 15 y 13 años en Castro Urdiales (Cantabria) por la muerte de su madre adoptiva, Silvia López, de 48 años, cuyo cadáver fue encontrado la noche del miércoles en el garaje de su casa, maniatado en el asiento trasero del coche, con una bolsa en la cabeza y una puñalada en el cuello.
Según cuentan fuentes de la investigación, los dos hermanos hablaron por teléfono con la abuela (la madre de su madre) después de cometer el crimen y le dijeron que habían sido secuestrados. La mujer dio la voz de alarma, pero los menores ya habían desaparecido. La Guardia Civil se personó en la casa familiar, hallaron el cadáver de la madre en el garaje, sangre en la cocina y comenzaron la búsqueda de los niños. Horas después, la Guardia Civil los localizó sobre las dos de la madrugada en el parque Cotolino y los detuvo como principales responsables del crimen.
Al parecer, según cuentan las mismas fuentes y varios medios de comunicación, los menores tuvieron una discusión familiar en la casa con la madre, momento en el que el mayor la apuñaló en el cuello causándole la muerte. La bajaron al coche familiar con el que trataron de huir, pero lo empotraron contra la pared. Finalmente, dejaron el cuerpo de la madre en el coche, el coche en el garaje y se marcharon.
El futuro penal de los niños
Los pequeños han confesado, por lo que ahora queda por ver cuál es el recorrido penal de cada uno de ellos. Hay que tener en cuenta que la edad de los menores influye y que los dos no tendrán el mismo futuro penal.
¿Qué responsabilidad tiene el menor de 13 años?
Penalmente, no le pasará nada porque el chico tiene 13 años y la legislación en España establece que al ser menor de 14 años es inimputable.
Según el artículo 19 del Código Penal, "los menores de dieciocho años no serán responsables criminalmente. Cuando un menor de dicha edad cometa un hecho delictivo podrá ser responsable con arreglo a lo dispuesto en la ley que regule la responsabilidad penal del menor".
Esta ley es la Ley orgánica 5/2000 de Responsabilidad Penal del Menor, que establece en su artículo 3 que "cuando el autor de los hechos mencionados en los artículos anteriores sea menor de catorce años, no se le exigirá responsabilidad con arreglo a la presente Ley, sino que se le aplicará lo dispuesto en las normas sobre protección de menores previstas en el Código Civil y demás disposiciones vigentes.
El Ministerio Fiscal deberá remitir a la entidad pública de protección de menores testimonio de los particulares que considere precisos respecto al menor, a fin de valorar su situación, y dicha entidad habrá de promover las medidas de protección adecuadas a las circunstancias de aquél conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero".
La misma ley da explicación a por qué se estableció en 14 la edad límite para ser inimputable: "la convicción de que las infracciones cometidas por los niños menores de esta edad son en general irrelevantes y que, en los escasos supuestos en que aquellas pueden producir alarma social, son suficientes para darles una respuesta igualmente adecuada los ámbitos familiar y asistencial civil, sin necesidad de la intervención del aparato judicial sancionador del Estado".
El niño de 13 años de Castro Urdiales ya ha ingresado en un centro de protección de menores a instancias de la Fiscalía.
¿Qué pasará con el niño de 15 años?
La titular del Juzgado de Instrucción número 5 de Santander ha acordado el internamiento en régimen cerrado durante seis meses del hijo mayor a petición de la Fiscalía, una decisión que es prorrogable por otros tres meses, por la "presunta comisión" de un delito de asesinato. Tras esta decisión, el niño será internado en el Centro Socio-Educativo Juvenil de Parayas.
La responsabilidad penal como tal sólo es para los sujetos mayores de 18 años. A los que tengan edades comprendidas entre los 14 y los 17 años se les establece esta responsabilidad, pero a través de la ley específica para ello, la Ley Reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores (Ley del Menor), creada en el año 2000.
Los tipos penales se mantienen, pero cambian las consecuencias jurídicas, que no se denominan "penas", sino "medidas". En el caso del niño de Castro Urdiales, sus actos son imputables, pero su respuesta penal se determinará en función de la gravedad y tipo de delito que haya cometido. También hay que tener en cuenta la edad, ya que no se aplican las mismas medidas a los sujetos de 14 o 15 años que a los de 16 o 17 (medidas más duras).
El hecho investigado se reconoce como especialmente grave al ser un homicidio, por lo que según la Ley del Menor, al joven de 15 años se le tendría que aplicar:
Una medida de internamiento en régimen cerrado de uno a cinco años de duración, complementada en su caso por otra medida de libertad vigilada de hasta tres años (si tuviera 16 o 17 años, serían de uno a ocho años de internamiento cerrado y una libertad vigilada de hasta cinco años).
¿Cambia la situación si cumplen la mayoría de edad?
Depende de para quién. Para el menor de 13 años nada cambia si cumple los 14, la ley a partir de la cual ya sí sería imputable a nivel penal.
Sin embargo, sí cambiaría para el menor de 15 años. Si cumple los 18 y continúa en régimen de internamiento cerrado, el juez podría decidir si enviarle a una prisión de adultos en función de si su evolución es o no favorable.