Este lunes el Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado las nuevas medidas a poner en marcha en las residencias de mayores de la Comunidad Autónoma, después de que el Tribunal Supremo avalara al Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha para tumbar algunas partes de la anterior normativa, como la obligación de cribar a los trabajadores de estos centros residenciales.
Así, las personas responsables de la residencia informarán a las personas visitantes de las medidas de prevención e higiene; y el régimen de visitas de las personas residentes que no están en aislamiento o cuarentena, ni han estado en contacto con ningún positivo y no presenten síntomas compatibles con la enfermedad, se mantendrá en dos visitas semanales, si bien podrá adaptarse en función de la valoración realizada por las personas responsables de salud pública.
Según el texto, consultado por Europa Press, se recomienda que, en el supuesto de existencia de brote en el centro, acudan preferentemente las personas visitantes que hubieran completado la pauta de vacunación.
Siempre que sea posible las visitas se realizarán en el exterior, con mascarilla tanto la persona residente como la que realiza la visita. La persona que acuda a la visita, no ha de presentar cuadro clínico compatible con la infección por coronavirus. Además, habrá sistema de cita previa.
Se llevará un registro de visitas en el que conste los datos identificativos y de contacto de la persona visitante. En el supuesto de tratarse de personas residentes que por su situación personal no pudieran desplazarse, por tratarse de personas encamadas, deberá garantizarse el acceso a través de un circuito seguro con el objeto de minimizar las entradas y salidas a zonas comunes.
En caso de tratarse de una situación de acompañamiento en los momentos finales de la vida, podrán asistir a la visita el número de personas, incluyendo asistencia espiritual, que autorice el propio centro atendiendo a las características del mismo y tras una valoración individualizada del caso concreto. El tiempo de la misma podrá flexibilizarse en función de la situación de la persona enferma y los criterios del centro, manteniendo siempre las adecuadas medidas higiénicas y de seguridad.
MEDIDAS PARA EL PERSONAL
En cuanto al personal de atención directa, promoverán la vacunación de aquellas personas trabajadoras de nueva incorporación o que todavía no lo hubieran hecho.
Se recomienda que, durante 7 días, aquellas personas trabajadoras que retornen de permisos y vacaciones por un periodo superior a 15 días no estén en contacto con personas residentes no vacunadas. Se recomienda, igualmente, que a las personas trabajadoras no vacunadas no se les asigne el cuidado de las personas residentes no vacunadas y, en su caso, a las que aún no hubieran completado la pauta de vacunación.
SALIDAS
Quedan suspendidas las salidas a las personas positivas al virus, hayan tenido contacto estrecho con persona positiva al virus, o tengan síntomas compatibles con la enfermedad. Las personas residentes tienen permitidas las salidas en condiciones ordinarias.
La persona residente no debe presentar clínica sospechosa de COVID-19, ni haber estado en contacto estrecho con ningún positivo, en el momento de la salida.
En cuanto a los nuevos ingresos, reingresos, traslados y estancias temporales a las residencias de personas mayores, viviendas de mayores, viviendas para personas con discapacidad y centros de atención a personas con discapacidad grave, se estará a las siguientes condiciones, se mantendrán con normalidad.