Dicha decisión se toma a la vista de los datos epidemiológicos reflejados en el informe de fecha 11 de septiembre de 2020, emitido desde el Servicio de Salud Pública de la Delegación Provincial de Sanidad

Quintanar pasará de las medidas restrictivas especiales a nivel local a las medidas adoptadas para toda la provincia

Las medidas que se adoptaron en la provincia el pasado 8 de septiembre entrarán en vigor en Quintanar de la Orden a partir de las 00.00 horas de este 13 de septiembre dejando de ser vigente las medidas especiales que se adoptaron en la localidad el pasado 23 de agosto debido a un aumento de los contagios por Covid-19.

Marcos Galván

Quintanar de la Orden | 14.09.2020 19:09

Ayuntamiento Quintanar de la Orden
Ayuntamiento Quintanar de la Orden | Prensa Ayto Quintanar

El Ayuntamiento ha publicado un Bando por el que se hace saber a la ciudadanía que a las 00.00 horas de este domingo 13 de septiembre se levantarán las medidas especiales adoptadas en el municipio quintanareño a finales de agosto pasando a aplicarse a partir del 14 de septiembre las medidas contenidas en la Resolución de 08/09/2020 de la Delegación Provincial de la Consejería de Sanidad para frenar la expansión de la Covid-19 en la provincia de Toledo.

Dicha decisión se toma a la vista de los datos epidemiológicos reflejados en el informe de fecha 11 de septiembre de 2020, emitido desde el Servicio de Salud Pública de la Delegación Provincial de Sanidad y contemplado en el Antecedente de Hecho tercero de esta Resolución, y en el que se aprecia un claro descenso en el número de casos de COVID-19, lo que demuestra que las medidas adoptadas han servido para frenar el crecimiento de la tasa de incidencia, justificando por tanto el levantamiento de tales medidas.

Las medidas a cumplir ahora, al igual que el resto de la provincia son:

1. Actuaciones sobre locales de ocio

•Cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.

•En bares, restaurantes y establecimientos de hostelería similares, el aforo se reducirá al 50% del máximo que tuvieran establecido previamente para consumo en el interior del local.

•Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 75% del máximo que tuvieran establecido previamente, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.

2.Centros Socio-Sanitarios

•Suspensión cautelar de la actividad en los Centros de Día y Servicios de Estancias Diurnas.

•Supresión de visitas sociales en Residencias de Mayores, Viviendas Tuteladas de Mayores y Centros Sociosanitarios en los que residan personas consideradas vulnerables. La entrada en estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario.

•No se permitirán salidas de residentes salvo razones de fuerza mayor (asistencia sanitaria o deber inexcusable de carácter público), y siempre extremando las medidas de protección durante dicha salida y las de higiene a su vuelta. Al reingreso deberán establecerse medidas de aislamiento para el residente durante 14 días.

Los residentes con IgG positiva previa, o que hayan superado la Covid-19 en el plazo de los seis meses previos (considerando caso con infección resuelta) no precisarán de dicho aislamiento preventivo.

•A los trabajadores que tras su periodo vacacional se incorporen a las residencias de ancianos y viviendas tuteladas se les realizará, como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por COVID-19.

3.Actividades religiosas de ámbito social

•Todas las celebraciones religiosas limitarán el aforo al 50% de su capacidad habitual, siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento interpersonal.

•Restricción del número de personas en velatorios y cortejos fúnebres (máximo 10).

•Restricción del número de personas en eventos sociales tales como bodas y bautizos (máximo 25).

4.Consumo de Alcohol

•Se reforzarán los controles para impedir el consumo de alcohol que no estuviera autorizado y otras actividades no permitidas en la vía pública. En este sentido, la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha y la autoridad aplicarán rigurosamente las sanciones correspondientes.

• El Ayuntamiento aumentará la vigilancia para detectar y sancionar estos comportamientos y actividades.

5.Medidas complementarias:

•Suspensión de eventos deportivos con asistencia de público promovidos por el Ayuntamiento, por asociaciones, peñas o por particulares. Se podrá valorar su autorización en el caso de realizarse sin asistencia de público.

•Se establece un aforo máximo del 50% en cines, teatros y auditorios.

•Se establece un aforo máximo del 50% en Bibliotecas, Museos y visitas a monumentos.

•Los hoteles sólo podrán contratar el 75% de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 50%.

•Cierre de las piscinas recreativas de uso público independientemente de su titularidad.

•Las piscinas comunitarias de bloque de edificios no podrán superar el 25% de su capacidad.

•Espectáculos taurinos con un aforo máximo del 50% del autorizado previamente

•Podrán llevar a cabo su actividad mercadillos y mercados al aire libre, con un máximo del 30% de los puestos habitualmente autorizados.

•En las tiendas y demás establecimientos comerciales, se extremarán las medidas higiénico-sanitarias, limitando el número de personas en cada momento de acuerdo a la posibilidad de mantener la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros dentro del establecimiento. Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento.

•Los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50%, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño comercio.

6. Seguimiento minucioso del aislamiento de todos los casos y contactos por parte de Epidemiología, Enfermeros de Vigilancia Epidemiológica y Equipos de Atención Primaria, solicitando la colaboración de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad si así se precisara en casos concretos.

7. Si desde el Ayuntamiento, se tuviera conocimiento de otros locales o actividades, que pudieran suponer un riesgo de contagio, se informará de inmediato a la Delegación Provincial de Sanidad, para proceder a su cierre, prohibición o limitación, con el fin de frenar la transmisión virus.

8.Recomendaciones:

•Recomendar a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable.

•Recomendar a la ciudadanía que los encuentros sociales se limiten a un máximo de 10 personas incluyendo convivientes. (….)

Todas las medidas reflejadas en esta Resolución tendrán una validez de 14 días a partir del momento de su firma (8 DE SEPTIEMBRE), prorrogables por otros 14 días en función de la evolución epidemiológica de la enfermedad.