Además, los magistrados han decretado la prohibición al acusado de aproximarse a menos de 300 metros de cada una de las menores durante cinco años, e inhabilitación especial para el desempeño de tareas docentes en relación a menores de edad durante dos años.
Por otra parte imponen la medida de sumisión a libertad vigilada consistente en prohibición de acudir a cualquier centro educativo o docente en el que se impartan clases a menores durante cuatro años, así como una indemnización de 3.000 euros a cada una de las menores por el daño moral causado.
En la sentencia, consultada por Europa Press, los magistrados, en consideración a diferentes testimonios, informes psicosociales y parámetros judiciales, y teniendo en cuenta las pruebas practicadas en el transcurso del juicio oral, consideran verosímil la declaración de la primera menor, que relató que el profesor, en una ocasión, la sentó sobre sus rodillas y le efectuó tocamientos.
Igualmente los jueces consideran verosímil la comisión del mismo delito en la segunda menor que, si bien manifestó en la vista oral no recordar bien los hechos, sí recordaba con exactitud cómo el acusado le sujetó la mano para intentar practicar "un acto de evidente y claro contendido sexual", según interpretan los magistrados.
En definitiva, el tribunal considera probado que el acusado realizó tocamientos en la zona erógena de las niñas "con una finalidad de claro contenido sexual atentatoria contra la indemnidad sexual de las menores". Contra esta sentencia puede interponerse recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.