Según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, el juez ha considerado probado que M.A.E.G., aprovechando los vínculos maternofiliales con la niña --que entonces tenía 15 años y un grado de discapacidad del 51%-- la obligó a realizar conductas de carácter sexual con acceso carnal por vía vaginal con cuatro de los acusados --J.C.G.R., J.M.R., F.R.G. y F.J.L.V.-- además de que se sometiera a tocamientos por un quinto --un septuagenario que responde a las iniciales D.G.G.
Por estos motivos, ha condenado a la mujer a 14 años al considerarla responsable de los delitos de prostitución y cooperadora necesaria de otro de abusos sexuales, mientras que a los cuatro acusados que mantuvieron relaciones sexuales con acceso carnal han sido condenados a la misma pena, 5 años por el delito de prostitución y 9 más por abuso sexual.
La sentencia recoge, además, 8 años de libertad vigilada para los cuatro acusados y la madre, a quien también le retiran la patria potestad de la chica, y la prohibición de acercarse a ella durante 10 años.
Finalmente, para el último de los acusados, D.G.G., el juez ha impuesto 5 años prostitución y 2 por abuso; libertad vigilada durante 3 años y la prohibición de acercarse a la chica en 10 años, además de que solidariamente con el resto de condenados, deberán indemnizar a la víctima con 50.000 euros.