Ciudad Real |
Este caso fue llevado a los tribunales por la Asociación “El Defensor del Paciente” y ahora se ha conocido la sentencia que da la razón a la denuncia que presentó la esposa e hija del fallecido.
Según informa la Asociación, en el año 2.012 el paciente acudió en varias ocasiones al Hospital de Valdepeñas, a la consulta de urología presentando hematuria.
Desde enero de 2.013 el sangrado se hizo más frecuente y posteriormente se le diagnosticó un pólipo en la pared de la vejiga. Se le practicó un TAC, fijándose la intervención para julio de 2.014.
Sin embargo, 5 días antes se le suspendió, remitiéndole al Hospital de Ciudad Real donde se le puso en lista de espera para cirugía. Desde ese momento comenzó el empeoramiento hasta que el 21 de septiembre de 2.014 el hombre falleció a los 63 años de edad.
La sentencia reconoce que se produjo un diagnóstico tardío de cáncer de vejiga, un retraso de dos años, como ha asegurado en Onda Cero el abogado Francisco Fernández-Bravo, que ha sido el que ha llevado este caso.
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia es firme y confirma el fallo del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Ciudad Real que sentencio a favor de la familia, pero fue recurrida. El SESCAM y MAPFRE deben abonar una indemnización de 69.000 euros para la viuda y 7.600 para la hija.
La sentencia del TSJCLM destaca que ha quedado acreditada la falta de diagnóstico y tratamiento que hubiera permitido la curación o mejoría del paciente.