Condenan a 3 años de cárcel a uno de los feriantes acusados de matar a Gonzalo Buján en Herencia
La Audiencia Provincial de Ciudad Real ha condenado a tres años de cárcel a J.F.C.F., uno de los feriantes acusados de matar a Gonzalo Buján en los Carnavales de Herencia. Así, le condena a tres años de prisión por un delito de homicidio imprudente y a una multa económica de 10 euros diarios durante 5 meses y 29 días por un delito de lesiones en grado de tentativa.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, condena también a R.C.U., el otro acusado al que se juzgó por estos hechos e hijo del primero, a la pena de 2 meses de multa con cuota diaria de 10 euros, como autor criminalmente responsable de un delito leve de lesiones.
Durante el juicio, el jurado popular declaró por unanimidad culpable de un delito de homicidio imprudente y otro de lesiones dolosas en grado de tentativa al primero de los procesados, mientras que al segundo lo encontró culpable de un delito leve de lesiones.
La sentencia recoge lo dictaminado en el veredicto y contempla las penas que había solicitado la Fiscalía tras conocer la decisión del jurado popular.
A los dos acusados, la Audiencia Provincial les absuelve de los delitos de asesinato y homicidio doloroso de los que estaban acusados en un principio por el Ministerio Fiscal y las acusaciones particulares.
HECHOS PROBADOS
Con todo, el Tribunal estima probado que poco antes de las 22.00 horas del día 10 de Febrero de 2018, y en el recinto ferial de la localidad de Herencia, E.R.C. procedió a orinar en la vía pública en el espacio comprendido entre el vehículo estacionado de su amigo Gonzalo Buján y un camión perteneciente a una atracción de la feria denominada 'Eurogiro con hinchable', encontrándose acompañada en las inmediaciones de su también amigo J.P.S.
Alertada de tal hecho J.B.L., a la sazón esposa del titular de dicha atracción y acusado R.C.U., vino a recriminar a E.R.C. su conducta, entablándose entre ellas una discusión, presenciada por dicho acusado, viniendo finalmente E.R.C. y J.P.S. a abandonar el lugar.
Posteriormente, pasados unos minutos regresaron al lugar antes mencionado E.R.C. y J.P.S., ahora acompañados del fallecido, con la intención de recoger el vehículo y trasladarse los mismos a un establecimiento para cenar con otros amigos.
Una vez subidos al vehículo y tras dar marcha atrás con el mismo, su trayectoria vino a ser interceptada por el acusado R.C.U., quién molesto con el anterior incidente, se acercó a la ventanilla del conductor y procedió a golpear en el rostro a Buján hasta en tres ocasiones, viniendo seguidamente a bajarse del vehículo.
Acto seguido y como quiera que tales hechos habían causado un revuelo en las inmediaciones, vinieron a acercarse varios feriantes entre los que se encontraba el también acusado J.F.C.F., quien, provisto de unas pinzas metálicas de las destinadas para recargar la batería de vehículos, procedió por su propia cuenta a golpear con la punta metálica de las mismas en la sien izquierda a la víctima, "con la intención de lesionarle pero sin prever imprudentemente que con ello podría originarle la muerte".
Por ello, Buján calló al suelo inconsciente, y seguidamente J.P.S.
acudió en auxilio del mismo para evitar que se siguiera golpeando a su amigo.
Como consecuencia de la agresión con las pinzas desplegada por el acusado J.F.C.F., el fallecido sufrió un traumatismo craneoencefálico con excoriación asociada en región frontal izquierda, tratándose de excoriación de clara morfología rectangular.
Dicho traumatismo vino a originarle una hemorragia subaracnoidea masiva en ambos hemisferios cerebrales, directamente causante de su fallecimiento a las 23.57 horas del mismo día, en el Centro de Salud de Herencia al que vino a ser trasladado por su amigo llamado S.G.G.