La manifestación de las empresas de autobuses comenzará junto al Quijote Arena para recorrer la Ronda de la capital hasta el antiguo hospital del Carmen, y allí dejarán los vehículos para desplazarse hasta la Subdelegación de Gobierno.
Esta organización empresarial se adhiere a las reivindicaciones, realizadas ante los correspondientes órganos ministeriales, en materia de líneas de crédito/préstamos, al mismo precio para todos los transportistas, con avales ICO para el sector discrecional y turístico con la finalidad de refinanciar las empresas, con un plazo de dos años de carencia y cinco adicionales para amortización, sin avales adicionales al prestado por el Estado.
Con fundamento en la doctrina Jurisprudencial en relación a la cláusula rebus sic stantibus, dada la modificación sustancial, imprevista, imprevisible y no causada por el empresario de las condiciones tenidas en cuenta en el momento en que se produjo la contratación, la imposición desde el Estado a las entidades bancarias y a sus financieras de obligadas novaciones de contratos de leasing, renting, préstamos y demás formas de financiación de las empresas, concediéndoles carencias por un tiempo de doce meses, sin mayor modificación de las cláusulas en su momento pactadas y desde luego sin exigir el pago de intereses adicionales y mucho menos intereses de demora.
Asimismo a las aseguradoras de novaciones de los contratos de seguros de los vehículos, concediendo carencias durante el tiempo de inactividad, dada la falta de riesgo; así como a todos los contratos de suministro o que proporcionen a los vehículos elementos necesarios para el desarrollo de la actividad de transporte -tacógrafos/localizadores, por ejemplo-, concediendo carencias durante el tiempo de inactividad.
Otras de las peticiones son ERTES flexibles, cualquiera que sea el motivo por el que se han solicitado si bien siempre enmarcado en la crisis del COVID-19, que permitan tantas prórrogas como sean precisas así como la puntual y paulatina incorporación del personal según vaya siendo retomada la actividad, sin que el empresario tenga satisfacer porcentaje alguno de las cuotas de Seguridad Social por los trabajadores que continúen en ERTE; y una Bonificación, durante el plazo de 2 años, del 50% de los seguros sociales para incentivar la incorporación al trabajo.
También solicitan la Imposición desde los poderes públicos a los trabajadores, de conformidad con el art. 29 de la Ley 51/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales/LPRL, que se incorporen a la actividad de la obligación de cumplir, en el trabajo, todas y cada una de las medidas de prevención y detección que el Estado y el empresario, en cumplimiento de las obligaciones que le incumben ex art. 14 LPRL, determinen en cada caso - siempre con pleno respeto al RGPD 2016/679 y a la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, en cuanto al uso de los datos que pudieran obtenerse-, constituyendo su contravención causa de despido procedente.