A la vista de la sentencia absolutoria dictada por el Juzgado de lo Penal número 2 de Cuenca, las medidas cautelares que estaban en vigor desde septiembre de 2019 quedaron sin efecto en la fecha de la sentencia, según ha informado este martes el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
En este presunto caso de violencia de género existía denuncia previa, que dio lugar en fecha 3 de septiembre de 2019 a la apertura de diligencias previas en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Tarancón, competente en materia de violencia de género.
Con esa misma fecha, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Tarancón dictó Auto en el que se estableció orden de protección consistente en las siguientes medidas cautelares: medida de alejamiento a una distancia de 500 metros y prohibición de comunicación con respecto de la víctima y de 3 menores de edad hijos de la pareja.
Dicha orden de protección ha permanecido en vigor durante toda la tramitación del procedimiento judicial hasta el 14 de marzo de 2022, fecha en la que el Juzgado de lo Penal número 2 de Cuenca dictó sentencia absolutoria por delito amenazas.
En la sentencia se recoge que la absolución está motivada por la falta de ratificación de la denuncia por parte de la mujer durante el juicio, siendo su testimonio, conforme a los parámetros establecidos por el Tribunal Supremo, "la única prueba de cargo existente en este caso para desvirtuar la presunción de inocencia del acusado". Y ante la insuficiencia de prueba, recoge la sentencia, "no cabe más que dictar sentencia absolutoria".
A la vista de la sentencia absolutoria, las medidas cautelares que estaban en vigor desde septiembre de 2019 quedaron sin efecto en la fecha de la sentencia.