El pasado 3 de mayo, en la reunión del Consejo del Agua de la Demarcación Hidrográfica del Tajo se informó sobre la propuesta definitiva del proyecto de revisión del plan hidrológico de la cuenca del Tajo, el último plan hidrológico, correspondiente al tercer ciclo de planificación de la Directiva Marco del Agua (DMA) y cuyo fin debía ser alcanzar los objetivos medioambientales antes de 2027, muchos de los cuales han sido aplazados sucesivamente desde el 2015.
Las asociaciones y organizaciones en defensa de los intereses ambientales que conforman la Red Ciudadana por una Nueva Cultura del Agua en el Tajo y sus Ríos, representados por dos vocales en el Consejo, denuncian que el plan presenta carencias elementales que tendrán importantes incumplimientos legales y causarán gravísimas consecuencias ambientales, y que a pesar de ello, ha contado con el apoyo de la mayoría del Consejo, con 47 votos a favor, 4 abstenciones y 22 votos en contra (dos votos contrarios pertenecen a los representantes de los intereses ambientales).
Con este plan, la Confederación Hidrográfica del Tajo, como responsable último de la redacción del mismo, condena al Tajo al deterioro permanente, con especial gravedad en el eje principal.
Pese a las objetivas y demostradas evidencias del deterioro de los ecosistemas acuáticos y las masas de agua, y la necesidad de recuperar el estado de los ríos, lagos y acuíferos, se plantea un documento que mantiene unos usos insostenibles del agua, que sobreexplota por completo las aguas, especialmente las superficiales en cabecera, y que no cumplirá con las sentencias del Tribunal Supremo respecto a la obligatoriedad de establecer todos los componentes de los caudales ecológicos en todas las masas de agua y a que esta aplicación sea inmediata desde la aprobación del plan hidrológico.
Los colectivos apuntan que es completamente ilegal plantear el cumplimiento de los caudales mínimos en el Tajo de forma diferida, es decir, dentro de seis años. Los caudales son la mejor herramienta para alcanzar los objetivos ambientales, así pues, retrasarlos, además de ilegal, sería asumir dejar de lado el objetivo último de la DMA.
El plan no incorpora una evaluación del impacto ambiental del trasvase Tajo-Segura, el elemento que más condiciona toda la planificación hidrológica del Tajo, ni su influencia en la incapacidad de cumplir con los objetivos medioambientales.
La mejora del estado ecológico de las masas de agua es el principal objetivo de la planificación; el anterior Plan ha fracasado y, si no se aumentan en éste las medidas en el sentido de esa mejora, este Plan también fracasará.
De igual manera, se da el visto bueno a un plan de cuenca incluso a pesar de reconocer que siguen existiendo importantes limitaciones con relación a los requisitos y objetivos de conservación particulares de los espacios Red Natura 2000 que dependen del agua y que dichos requisitos, para alcanzar un buen estado de conservación, no se encuentran recogidos en el plan.
Todo ello, dejando de lado una debilidad que ya detectó la Comisión Europea en su evaluación de los planes hidrológicos.