El Ministerio de Sanidad ha hecho públicos hoy los territorios de Castilla y León que pasan a la fase 2 del plan de salida del confinamiento a partir del próximo lunes 8 de junio. Todas las provincias de esta comunidad autónoma que son Ávila, Segovia, Soria, Burgos, Palencia, León, Zamora, Salamanca y Valladolid pasan a la fase 2, excepto El Bierzo y Laciana que ya la estrenaron el pasado lunes 1 de junio.
La consejera de Sanidad de la Junta de Castilla y León, Verónica Casado ha advertido de que el avance en la desescalada “no es la normalidad” porque “el virus circula con las personas” y diariamente se registran casos nuevos. En este sentido, Casado apeló a tener cuidado con la movilidad y ha insistido en que en la fase 2 no se permiten los desplazamientos entre provincias ni comunidades autónomas.
Casado ha destacado que las cifras y la capacidad de vigilancia "hace que toda la Comunidad pueda pasar a Fase 2". "La situación epidemiológica y sanitaria nos permite hacer este paso", ha defendido, pese a reconocer "microbrotes" que han "preocupado" pero que han podido ser aislados.
A día 3 de junio -la fecha límite para solicitar el cambio de fase-, Castilla y León registraba un total de 25.692; de esa cifra, 19.299 tienen confirmación por PCR y 2.014 fallecidos. De los fallecimientos, León (422) y Valladolid (380) seguían registrando la cifra más alta, seguidos de Salamanca (364).
Territorios de Castilla y León que ya estaban en fase 2
Cabe recordar que desde el lunes 1 de junio, las comarcas del Bierzo y Laciana se encuentran en fase 2 y durante la próxima semana se mantendrán en esta fase.
Este área comprende las zonas básicas de salud de Bembibre, Cacabelos, Fabero, Puente Domingo Flórez, Ponferrada I, Ponferrada II, Ponferrada III, Ponferrada IV, Toreno, Villablino y Villafranca Bierzo. Todas son rurales, excepto las cuatro de Ponferrada.
¿Qué se puede hacer en la fase 2 del plan de desescalada?
A partir del próximo lunes 25 de mayo, se aliviarán un poco más las restricciones impuestas a los ciudadanos. Bares y restaurantes podrán abrir con más aforo, se ampliarán las horas para hacer deporte, habrá un alivio en las restricciones horarias, se amplían los afotos para bodas, velatorios o lugares de culto y se abre la posibilidad de reanudar competiciones deportivas profesionales, entre otras medidas. Estas son todas las actividades permitidas en la fase 2:
Bares y restaurantes, con servicio de mesas
Se permitirá la apertura de bares y restaurantes para el servicio de mesa, siempre y cuando no se supere el 40% de su aforo total.
Ampliación de las horas para hacer deporte
Las personas de hasta 70 años podrán realizar actividad física no profesional en cualquier franja horaria, salvo entre las 10:00 y las 12:00 horas y entre las 19:00 y las 20:00 horas, y es que dichos horarios permanecen para los mayores de 70 años.
Bodas con aforo máximo
El Gobierno permitirá en los territorios que estén en la fase 2 celebrar bodas con un aforo máximo de cien personas en espacios al aire libre o de cincuenta personas en espacios cerrados y se podrán llevar a cabo en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas. Así, según la orden publicada esta tarde en el Boletín Oficial del Estado (BOE) por el Ministerio de Sanidad, se obliga durante la ceremonia nupcial a cumplir las medidas de higiene y prevención establecidas por las autoridades sanitarias.
Velatorios limitados
Los velatorios también se podrán realizar en instalaciones pública o privadas, con un límite de 25 personas en espacios que se encuentren al aire libre o de 15 personas para espacios cerrados.
Cines, teatros o bibliotecas, con un tercio del aforo
En el caso de las bibliotecas, se podrán realizar consultas en sala con un tercio del aforo como máximo. Además, se abrirán cines o teatros con el mismo límite de aforo; también se podrán visitar monumentos y salas de exposiciones.
Asistencia a lugares de culto al 50%
El Gobierno permitirá la asistencia a los lugares de culto con la obligación de que no se supere el 50% de su aforo.
Actividad deportiva y gimnasios
El BOE anuncia que "se podrá proceder a la reanudación de la competición profesional siempre y cuando la evolución de la situación sanitaria lo permita", y que cuando así sea se hará "sin público y a puerta cerrada" y "se permitirá la entrada de medios de comunicación para la retransmisión" de la misma.
"El número de personas que podrán acceder a los estadios y pabellones en los que la competición profesional tenga lugar, por ser necesarias para el adecuado desarrollo de la misma, se determinará por parte del Consejo Superior de deportes con anterioridad al inicio de la citada competición, siguiendo las recomendaciones sanitarias de higiene y prevención", agrega.
En cuanto al "entrenamiento total o precompetición en ligas profesionales", informa de que "los clubes deportivos profesionales o Sociedades Anónimas Deportivas podrán desarrollar entrenamientos de carácter total dirigidos a una modalidad deportiva específica, cumpliendo con las correspondientes medidas de prevención e higiene".
El BOE estipula que "las tareas de entrenamiento se desarrollarán siempre que sea posible por turnos, evitando superar el cincuenta por ciento de la capacidad de la instalación para los deportistas, podrá asistir a las sesiones de entrenamiento el personal técnico necesario para el desarrollo de las mismas, así como personal de apoyo y utillero imprescindible, y se podrán utilizar los vestuarios".
En cuanto al entrenamiento básico en ligas no profesionales federadas, el BOE indica que "los deportistas integrados en clubes participantes en ligas no profesionales podrán realizar entrenamientos de carácter básico, dirigidos a una modalidad deportiva específica, de manera individual y cumpliendo con las correspondientes medidas de prevención e higiene".
Requisitos para cambiar de fase
Según la Orden SND/387/2020, de 3 de mayo, publicada en el BOE, los requisitos que tienen que cumplir las comunidades autónomas para pedir el cambio de fase se refieren a la capacidad sanitaria para hacer frente a un rebrote y la evolución epidemiológica del territorio, con control de casos activos y capacidad de identificación, aislamiento y control de los mismos:
- Disponer o tener acceso o capacidad de instalar en un plazo máximo de cinco días entre 1,5 y dos camas de cuidados intensivos (UCI) por cada 10.000 habitantes.
- Disponer o tener acceso o capacidad de instalar en un plazo máximo de cinco días entre 37 y 40 camas para enfermos agudos por cada 10.000 habitantes.
- Análisis de la situación y evolución esperada en el territorio y de los mecanismos para reducir el riesgo de transmisión en la población: se refiere a sistemas de alerta precoz y vigilancia epidemiológica, identificación y contención rápida de fuentes de contagio, capacidad de aislamiento y control de las fuentes de contagio confirmadas y potenciales.