El pasado 20 de diciembre de 2021, el presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco, anunció la convocatoria de las elecciones anticipadas para el próximo domingo 13 de febrero.
La campaña electoral comenzará el próximo 28 de enero y finalizará el 11 de febrero, dos días antes de los comicios, dejando de por medio la jornada de reflexión. Además, entre el 8 de febrero y el 12 no se podrán publicar, difundir o reproducir sondeos electorales.
Fecha límite para solicitar el voto por correo
Electores en España
Ya está abierto el plazo solicitar el voto por correo para participar en los comicios que se celebrarán en Castilla y León el 13 de febrero. Y se establece el jueves 3 de febrero como fecha límite para pedir la documentación.
El certificado de inscripción en el Censo Electoral de Castilla y León se podrá pedir telemáticamente a través de la página web de correos o presencialmente en cualquier oficina de Correos España.
Electores en el extranjero
Para aquellos electores en el extranjero, la fecha límite para solicitar el voto por correo es hasta este sábado 15 de enero, y se abrió el pasado 21 de diciembre. La solicitud del voto tiene que ser mediante el impreso oficial, disponible en los consulados en la web.
Además, es necesario disponer de un DNI electrónico para autentificar la identidad de la persona.
¿Cuándo recibirá la documentación para votar?
Electores en España
Tras realizar la solicitud del voto por correo, la Oficina del Censo Electoral deberá aprobar la petición. Una vez se ha dado el visto bueno, entre el 24 de enero y hasta el 6 de febrero se enviará a la dirección indicada toda la documentación necesaria para poder votar.
Electores en el extranjero
La Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral de Madrid remite al elector al domicilio en el extranjero indicado en la solicitud, entre 21 de diciembre y el 24 de enero, por correo certificado, la documentación necesaria para que pueda emitir su voto.
Plazo máximo para enviar el voto
En cualquiera de los casos, una vez se haya recibido la documentación, los electores deberán enviar por correo certificado su voto antes del 9 de febrero de 2022 y para los votantes en el extranjero, hasta el 8 de febrero.
¿Qué necesito para pedir el voto por correo?
Para conseguir el voto por correo, en caso de hacerlo de manera telemática se debe contar con firma electrónica además de presentar los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e).
Sin embargo, si se va de manera presencial a una oficina de Correos, con el DNI, pasaporte o carnet de conducir es suficiente. Si se trata de una persona que no pueda acudir por enfermedad o discapacidad, acreditada mediante certificación médica oficial, la petición puede ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente..