La Junta Electoral Central (JEC) ha dado diez días al Parlament de Cataluña para tomar una decisión sobre la retirada o no del escaño de Laura Borrás, presidenta suspendida que ha sido condenada a cuatro años y medio de prisión por adjudicar contratos a dedo.
PP, Vox y Ciudadanos han solicitado por escrito la retirada del acta a Borrás mientras que la JEC, tras analizar estos escritos, ha alegado que, según la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, los condenados por delitos contra la administración pública o las instituciones del Estado son inelegibles.
La JEC ha pedido a Alba Vergés, presidenta en funciones del Parlament, que tome una decisión y la comunique en los próximos diez días hábiles, así como ha trasladado a Borrás una copia del expediente para que pueda formular las alegaciones que estime oportunas en el mismo plazo, que termina el próximo 27 de abril.
La condena
Borrás fue condenada por el Tribunal Superior de Justicia Catalán a cuatro años y medio de prisión por adjudicar contratos a dedo a un amigo mientras estaba al frente de la Institució de les Lletres Catalanes y también fue condenada por delitos de prevaricación y falsedad documental, aunque el tribunal propuso el indulto parcial para que pueda evitar la prisión.
Antecedentes
La JEC ha señalado otros casos análogos ratificados por Tribunal Supremo en 2021 y que confirman que la inelegibilidad sobrevenida tiene eficacia de ley y, por tanto, constituyen una consecuencia automática de la pena impuesta por la sentencia.
Es el mismo argumento de la JEC cuando acordó retirar el acta de diputado a Quim Torra por negarse a retirar un lazo amarillo del Palau de la Generalitat; o al diputado de la CUP, Pau Juvillà, por no retirar lazos amarillos del Ayuntamiento de Lleida.