El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha sentenciado que el plan de vacunación del coronavirus de la Generalitat de Cataluña fue "discriminatorio" para los efectivos de la Policía Nacional y de la Guardia Civil en la Comunidad. Los agentes deberían haber sido vacunados cuando se abrió la inoculación para el grupo prioritario, junto a sanitarios, profesores y personas de alto riesgo.
La sentencia del TSJC estima el recurso que presentaron la Asociación de la Guardia Civil, Justicia Civil (Jucil) y Justicia Policial (Jupol) contra la Conselleria de Salut de Cataluña. Y condena al Govern por su "falta total de iniciativa" y le acusa de haber "retrasado" la inmunización de estos agentes.
Solo se vacunó a los agentes mayores de 60 años
Los sindicatos policiales presentaron el recurso contra el Gobierno de la Generalitat el pasado abril, cuatro meses después de que arrancase la campaña de vacunación en España. En el recurso alegaban que en el proceso de vacunación, gestionado por las comunidades autónomas, "no se ha vacunado en Catalunya a Policía Nacional ni Guardia Civil, salvo a aquellos que, además de estar en activo o en reserva, tuvieran una edad de entre 60 y 65 años".
Por otro lado, la Fiscalía defendió que "las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado han sido excluidos injustificadamente de la aplicación de dicho plan de vacunación preferente, y relegados al sistema de vacunación común". Por lo que afirmaba que la Generalitat había vulnerado el derecho a la igualdad y a la no discriminación.
La Generalitat de Cataluña niega esta discriminación
Por su parte, desde el Gobierno catalán se negó esta discriminación a los agentes de la Policía y la Guardia Civil y apuntó que "fueron acontecimientos ajenos a ella las que provocaron que la vacunación se produjera al ritmo que se expresa", al igual que la complejidad para comunicar los datos de la pandemia del coronavirus y la paralización que tuvo en su momento la vacunación con las dosis de AstraZeneca.
Tras analizar los argumentos expuestos por todas las partes, los jueces han matizado que el documento de Estrategia de Vacunación frente al Covid-19 en España disponía que los agentes de los Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y otros servicios de emergencias estaban marcados como sector prioritario prioritaria en el orden de vacunación contra el coronavirus, ya que estaban en primera línea durante los meses más cruciales de la pandemia.
Además, el Tribunal reconoce que este plan del Gobierno central "no establece diferenciación alguna entre los cuerpos" por ser estatales o autonómicos, por lo que la Generalitat de Cataluña debería haber vacunado cuando correspondía a los agentes de la Policía y Guardia Civil, como hizo con los Mossos d'Esquadra.
La administración autonómica no dispuso de la misma voluntad y empeño en la protección sanitaria de los cuerpos nacionales respecto de los internos
Asimismo, los jueces han tenido en cuenta las cifras de vacunación a los Mossos y las han comparado con las de la Policía y Guardia Civil. Y establecen que "junto a ese retraso, se aprecia también una falta total de iniciativa en la administración autonómica respecto de la atención a los cuerpos nacionales".
Por ello, en la sentencia, los jueces concluyen que "la administración autonómica no dispuso de la misma voluntad y empeño en la protección sanitaria de los cuerpos nacionales respecto de los internos".