Las restricciones por el coronavirus

Puente de diciembre en Cataluña: conoce qué se puede hacer y cuáles son las restricciones

Quedan pocos días para el Puente de la Constitución y de la Inmaculada en Cataluña, que abarca los días 6, 7 y 8 de diciembre. Conoce aquí qué se podrá hacer qué no durante estas fechas.

Gabriel Figueredo

Barcelona | (Publicado 03.12.2020 10:22 )

¿Se podrá viajar por España durante el puente de diciembre? Esta es la situación por comunidad autónoma | EFE

¿Los catalanes pueden aprovechar el fin de semana para hacer puente?

El gobierno catalán ya ha dejado claro que el coronavirus no entiende ni de fechas ni de puentes pero, en principio, no se ampliarán las restricciones para que los catalanes se pueden mover por la comunidad. Eso quiere decir que los que quieran desplazarse por Cataluña pueden hacerlo pero tendrán que llegar a su destino antes de las diez de la noche de este jueves, que es cuando empiece el toque de queda hasta las seis de la mañana. Durante el fin de semana se sigue aplicando el confinamiento perimetral por municipios y, por tanto, no se puede salir sin causa justificada de la población desde las seis de la mañana del viernes hasta el lunes a las seis de la mañana.

¿Qué se puede hacer a partir del lunes?

El lunes será un día laborable y, por tanto, la movilidad está permitida en toda la comunidad a partir de las seis de la mañana. Estaba previsto que ese día Cataluña pasara a la fase 2 pero el Govern lo ha suspendido por el empeoramiento de la evolución del coronavirus. De todas maneras, las reuniones sociales y familiares seguirán limitadas al grupo burbuja o un máximo de seis personas. Durante los próximos 15 días también se mantiene el confinamiento perimetral por municipios durante todo el fin de semana, entre las seis de la mañana del viernes y hasta las seis de la mañana del lunes.

Los comercios

Estarán abiertas las tiendas y establecimientos comerciales de 800 metros cuadrados o menos en un 30% del aforo. Los centros comerciales seguirán cerrados al público.

La restauración

Bares y restaurantes pueden acoger clientes en el interior hasta el 30% del aforo. En las terrazas la ocupación seguirá siendo del 100%, siempre que haya una distancia de dos metros entre mesas y con un máximo de 4 comensales por mesa.

Ocio y cultura

Los cines, teatros, salas de música y auditorios mantienen la capacidad de sus recintos hasta el 50% del aforo, con un máximo de 500 de espectadores. En museos, salas de exposiciones y bibliotecas el aforo sigue siendo de la mitad de su capacidad.

Deporte

Los gimnasios y centros deportivos cuya actividad se desarrolle en recintos cerrados mantiene el aforo al 30% de su capacidad. Es el mismo límite que para las actividades deportivas que se efectúen en el exterior.